Dictamen N° 13/025 Sobre consulta realizada por Ministerio de Desarrollo Social
Dictamen Número: 13/025
Expediente número: 2025-2-10-000530
Lugar y fecha: Montevideo, 5 de noviembre de 2025
Visto: La consulta del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), con relación a un pedido de acceso a información pública donde se solicita información en el marco del Proyecto de Investigación “Estudio interdisciplinario sobre los factores de riesgo relacionados con las certificaciones médicas de trabajadores del sector público”;
Resultando:
Que la solicitud incluye datos de cada trabajador del Ministerio de Desarrollo Social: Cédula de identidad, correo electrónico institucional (a efectos de envío del cuestionario), sexo/Género (según información que se cuente en el organismo), Unidad Ejecutora, división, departamento, sector, escalafón, grado, tipo de contratación (incluidos arrendamientos de obra), carga horaria, cantidad total de días de certificaciones médicas desde 01/07/2024 al 30/06/2025 de cada trabajador/a, fecha de nacimiento, y fecha de ingreso al organismo;
que el Ministerio pidió aclaración respecto al dato solicitado en el literal l) “Cantidad total de días de certificaciones médicas desde 01/07/2024 al 30/06/2025 de cada trabajador/a”, y se le responde que se requiere total de la cantidad de días en el período señalado;
Considerando:
Que según la Ley Número 18.381 toda la información en poder de los sujetos obligados se entiende pública siempre que no esté sujeta a las excepciones establecidas en los artículos 8°, 9° y 10 de la norma;
que respecto a la información sobre quienes cumplen funciones en la administración pública, si bien hay información sobre funcionarios que tiene que estar disponible en el sitio web debido a las obligaciones de Transparencia Activa que poseen los organismos, pero hay que analizar qué datos se deben entregar ante una solicitud de acceso a la información;
que, en este sentido hay el criterio que ha sostenido esta Unidad de que hay información que hace a la función pública y que debe ser brindada al solicitante y otra que pertenece a la esfera privada y no debe entregarse (Véase antecedentes disponibles en el sitio web: Dictamen 7/013, Resolución 14/015, Resolución 11/019, Dictamen 6/020, Dictamen 9/2020, Resolución 5/023);
que sobre la cantidad de días que se han certificado por razones médicas en el período solicitado; cabe tener presente el Dictamen 10/2017, donde la Unidad se expide ante consulta presentada por la Junta Departamental de Durazno el 8 de agosto de 2017, reiterando los pronunciamientos de ambas Unidades, tanto de la UAIP como de la Unidad Reguladora y de Protección de Datos Personales;
que en el Dictamen de referencia se indica que los datos personales de los funcionarios públicos son analizados desde la perspectiva del acceso a la información en razón de la función que desempeñan y del carácter de los fondos públicos que deben ser auditados y controlados por la ciudadanía (así: Dictámenes de la URCDP N° 2/009 de 27 de abril de 2009, N° 30/011 de 18 de noviembre de 2011, N° 24/012 de 4 de octubre de 2012, N° 4/013 de 4 de marzo de 2013 y N° 2/014 de 13 de febrero de 2014);
que en ese sentido se expresa que la divulgación de los datos relativos a cantidad de días de licencias (de cualquier índole), no vulnerarían los principios de proporcionalidad y finalidad, en tanto sean tratados como información pública estadística disociados de la persona (no vinculando la cédula de identidad, la cantidad de días de certificación por licencia médica y el correo electrónico) en tanto se relacionan a la función y al desempeño de esta.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008 y su reglamentación, Decreto N° 232, de 10 de diciembre de 2010;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Dictamina
Que resulta ajustado a la normativa vigente brindar acceso a la totalidad de la información solicitada, siempre que la cantidad de días de licencia médica sean disociados de la cédula de identidad y el correo electrónico del funcionario.
Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul
Cargo: Presidenta del Consejo Ejecutivo
Organismo: Unidad de Acceso a la Información Pública
