Dictamen N° 17/024 Sobre consultada recibida por el INAC en relación con la información declarada en el formulario de autoevaluación INTAI 2023
La consulta recibida por esta Unidad del Instituto Nacional de Carnes (INAC)
VISTO: la consulta recibida por esta Unidad del Instituto Nacional de Carnes (INAC);
RESULTANDO:
- que el organismo presentó ante esta Unidad consulta en relación con la información declarada en el formulario de autoevaluación INTAI 2023;
- que, en concreto, consultó: “Nos encontramos en proceso de cambio web del Instituto Nacional de Carnes, por lo que es posible que en las próximas semanas los links que se utilizaron para responder el Cuestionario Autoevaluación INTAI 2023 dejen de funcionar. En este sentido nos interesa consultarles, ¿cómo se procede en ese caso? ¿Uds. Tuvieron la oportunidad de revisar la información del Cuestionario Autoevaluación INTAI 2023? En caso de que no, ¿podrían indicarnos cómo proseguir?”;
CONSIDERANDO:
- que, el Índice Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (INTAI) tiene como objetivo medir el nivel de cumplimiento por parte de los sujetos obligados en lo establecido en la normativa de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su decreto reglamentario;
- que la Unidad de Acceso a la Información Pública realiza el control, junto a la Facultad de Información y Comunicación (FIC) de la dimensión de Transparencia Activa, dimensión evaluada en el INTAI;
- que, en el caso del formulario de autoevaluación enviado por INAC ese control ya fue realizado al momento de procesar los datos recibidos con el objetivo de integrarlos a la edición INTAI 2023;
- que, los resultados que se corresponden con dicho organismo toman en cuenta el formulario recibido oportunamente, y fueron verificados cuando se ingresó a los links dando cuenta de la información existente en ese momento;
- que, esta Unidad comprende la necesidad de realizar cambios en el sitio web que tiene el organismo, así como el hecho de que cierta información no se encuentre disponible por un lapso de tiempo, en las mismas condiciones de cuando fue verificada para su control;
- que, no obstante, corresponde indicar al INAC que se deberán restaurar los links a la mayor brevedad con el fin de garantizar el acceso a la información pública ahí disponible, conforme lo establece la normativa vigente;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
DICTAMINA:
- Responder a la consulta del Instituto Nacional Nacional de Carnes (INAC) en el sentido explicitado en los Considerandos del presente dictamen.
- Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.
Firmado por: Dra. Mariella Saettone
Presidenta del Consejo Ejecutivo
Unidad de Acceso a la Información Pública