Dictamen N° 20/010 Sobre presentación de formulario
VISTO: el formulario presentado por el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI) con el listado de la información clasificada como reservada.
RESULTANDO:
I) Que el informe precedente indica que el sujeto obligado no posee a la fecha información clasificada como reservada.
CONSIDERANDO:
I) Que el Instituto Nacional de Vitivinicultura es sujeto obligado a efectos de la Ley Nº 18.381, y por tanto debe cumplir con la presentación del formulario, conforme a los artículos 7º y 9° de la Ley N° 18.381.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto.
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
DICTAMINA:
1. Indicar que el Instituto Nacional de Vitivinicultura cumplió con la obligación de presentación del formulario con la nómina de información reservada.
2. Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.
Firmado por: Sonia Sena Prieto
Presidenta de la UAIP