Dictamen N° 21/010 Sobre Transparencia Activa

Informe presentado ante esta Unidad por la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC) referido al cumplimiento por parte del organismo de las obligaciones de transparencia activa.

VISTO: El informe presentado ante esta Unidad por la Oficina Nacional del Servicio Civil (ONSC) referido al cumplimiento por parte del organismo de las obligaciones de transparencia activa.

RESULTANDO:

I) Que la página web de ONSC presenta una sección de transparencia activa.

II) Que el informe N° 35 de fecha 3 de agosto reconoce los avances hechos por ONSC en el campo de la transparencia activa, proponiendo mejoras que faciliten el acceso por parte de los usuarios de la página web.

CONSIDERANDO:

I) Que ONSC es sujeto obligado a efectos de la Ley Nº 18.381, y por tanto debe cumplir con las obligaciones de transparencia activa, conforme al artículo 5º de la precitada norma.

II) Que el sujeto obligado debe asimismo presentar ante el órgano de control los informes reseñados en el artículo 7° de la Ley N° 18.331.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto. El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

DICTAMINA:

1. Indicar que ONSC cumple con la obligación de transparencia activa establecida en la Ley N° 18.381.

2. Recomendar a ONSC la presentación del formulario anual de cumplimento de la Ley, y del formulario semestral con la nómina de información reservada.

3. Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

 

Firmado por: Sonia Sena Prieto

Presidenta de la UAIP

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