Dictamen N° 6/025 Sobre solicitud de acceso a la información pública
Dictamen Número: 6/025
Expediente Número 2025/2/10/0000087
Lugar y fecha: Montevideo, 14 de mayo de 2025
Visto: La consulta de la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Ambiente relativa al trámite a una solicitud de acceso a la información pública, recibida al amparo de la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
Resultando:
que con fecha 25 de febrero de 2025 se presentó ante esta Unidad el organismo referido en el Visto, consultando si correspondía dar trámite a una solicitud de acceso a la información pública “considerando que el solicitante es apoderado de la empresa y el expediente que menciona refiere a dicha empresa”;
Considerando:
- que la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008, garantiza el derecho fundamental de las personas de acceso a la información pública, que se ejerce sin necesidad de justificar las razones por las que se solicita la información;
- que, asimismo, el artículo 9 del Decreto N° 232/010, de 2 de agosto de 2010, consagra el principio de no discriminación, por lo que los sujetos obligados deberán entregar la información a quién lo solicite, sin discriminación de tipo alguno;
- que la Unidad ha expresado que la Ley de Acceso a la Información Pública puede ser invocada para acceder a un expediente administrativo dónde el solicitante es parte y que, por tanto, el sujeto obligado deberá entregar la información solicitada dentro de los plazos legales establecidos, siempre que no revista una causal de excepción de las establecidas en el art. 8 y siguientes de la citada norma;
- que, si bien en la consulta parece indicar que la nota a la que quiere acceder el solicitante se habría presentado requiriendo la confidencialidad, no surge de la consulta ni lo aclara al organismo;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Dictamina
- Respóndase a la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Ambiente en los términos expresados en los Considerandos del presente dictamen.
- Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul
Presidenta del Consejo Ejecutivo
Unidad de Acceso a la Información Públicad