Dictamen N° 6/025 Sobre solicitud de acceso a la información pública

La consulta de la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Ambiente relativa al trámite a una solicitud de acceso a la información pública, recibida al amparo de la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

Dictamen Número: 6/025

Expediente Número 2025/2/10/0000087

Lugar y fecha: Montevideo, 14 de mayo de 2025

Visto: La consulta de la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Ambiente relativa al trámite a una solicitud de acceso a la información pública, recibida al amparo de la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008; 

Resultando:

  1. que con fecha 25 de febrero de 2025 se presentó ante esta Unidad el organismo referido en el Visto, consultando si correspondía dar trámite a una solicitud de acceso a la información pública “considerando que el solicitante es apoderado de la empresa y el expediente que menciona refiere a dicha empresa”;

Considerando: 

  1. que la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008, garantiza el derecho fundamental de las personas de acceso a la información pública, que se ejerce sin necesidad de justificar las razones por las que se solicita la información;
  2. que, asimismo, el artículo 9 del Decreto N° 232/010, de 2 de agosto de 2010, consagra el principio de no discriminación, por lo que los sujetos obligados deberán entregar la información a quién lo solicite, sin discriminación de tipo alguno;
  3. que la Unidad ha expresado que la Ley de Acceso a la Información Pública puede ser invocada para acceder a un expediente administrativo dónde el solicitante es parte y que, por tanto, el sujeto obligado deberá entregar la información solicitada dentro de los plazos legales establecidos, siempre que no revista una causal de excepción de las establecidas en el art. 8 y siguientes de la citada norma;
  4. que, si bien en la consulta parece indicar que la nota a la que quiere acceder el solicitante se habría presentado requiriendo la confidencialidad, no surge de la consulta ni lo aclara al organismo;

Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

Dictamina

  1. Respóndase a la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Ambiente en los términos expresados en los Considerandos del presente dictamen.
  2. Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.

 

Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul

Presidenta del Consejo Ejecutivo

Unidad de Acceso a la Información Públicad

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