Resolución N° 108/024 Sobre entrega de información

La denuncia presentada contra ANTEL ante esta Unidad al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.

VISTO: La denuncia presentada contra ANTEL ante esta Unidad al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.

RESULTANDO:

  1. Que con fecha 26 de enero de 2024 se recibe denuncia contra ANTEL por falta de respuesta y ausencia de solicitud de prórroga ante solicitud presentada el 29 de noviembre de 2023;
  2. que se había solicitado acceder a expedientes de compras y contrataciones varias;
  3. que se otorga vista de la denuncia al organismo con fecha 26 de enero, que presenta escrito con solicitud de prórroga para evacuar la vista, y pasada la misma presentan sus descargos en tiempo y forma, adjuntando la información solicitada;

CONSIDERANDO:

  1. que conforme a lo establecido en los artículos 2° y 4° de la Ley N° 18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
  2. que, la solicitud del interesado, donde se invocaba la Ley N° 18.381, fue enviada a los correos electrónicos oficiales de funcionarios del ente el día 29 de noviembre de 2023 y recibió como respuesta que ya había ingresado al área de transparencia pasiva para su trámite;
  3. que, en sus descargos ANTEL señala que cuenta con mecanismos específicos para atender solicitudes, que son canalizadas a través del formulario publicado en el sitio web https://www.antel.com.uy/institucional/transparencia/acceso-ala-informacionpublica, y que la entrega fuera de plazo se debe a que la solicitud no se envió por este medio; 
  4. que, en sus descargos ANTEL manifiesta su voluntad de otorgar acceso a los expedientes que refieren a las contrataciones: H0006137, H0007929 y H0008144, de los cuales se recabó la siguiente información: 1) • H0006137: corresponde a la Res. Nº 165/11 tramitada en el expediente 2010/05709 (ampliación de la compra adjudicada por Res. Nº 483/09 tramitada en el expediente 2008/03018). • H0007929: corresponde a la Res. Nº 1815/13 tramitada en el expediente 2013/03915 (uso de opción y ampliación de la compra adjudicada por Res. Nº 85/13 tramitada en el expediente 2012/05448). • H0008144: corresponde a la Res. Nº 2383/13 tramitada en el expediente 2013/05629 (compra original);
  5. que, respecto a la información solicitada sobre las contrataciones desde el año 2010 al 22 de enero de 2024, donde hayan resultado adjudicatarias las empresas: a) CEI S.R.L; b) CEI S.A.; c) LAFONTIR S.A.; d) CONSTRUCTORA ASUAN S.R.L.; e) SARLUX S.A.; f) TURPU S.A.; g) APEU S.A.; h) JULIO CASTRO VALDENEGRO (unipersonal); i) ERNESTO MARIO PESAOLA ROJAS (unipersonal), se informa que únicamente CEI S.R.L y SARLUX S.A. surgen registradas como Proveedoras de Antel, no verificándose dentro del período solicitado contrataciones con SARLUX S.A. Respecto de CEI S.R.L.;
  6. que también se adjunta listado conteniendo las resoluciones para el período solicitado (archivo denominado “A”);
  7. que se indica que los expedientes se encuentran disponibles para su acceso en la Unidad de Transparencia de Antel, ubicada en el piso 9 de la Torre de las Comunicaciones los miércoles y viernes a partir de las 11 horas, debiendo el interesado coordinar la asistencia a través del correo electrónico gestión.transparencia@antel.com.uy;
  8. que, en el caso no se considera justificada la entrega fuera de plazo ya que la misma ingresó y fue recibida por funcionarios del ente, ya que resulta aplicable el principio de informalidad a favor del administrado (artículo 8° decreto N° 232/010);

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

RESUELVE:

  1. Adviértese que si bien se ha brindado acceso a la información solicitada por el interesado, la entrega fue efectuada fuera del plazo de 20 días hábiles previsto en la Ley.
  1. Exhórtase a publicar en el sitio web la información de compras y contrataciones que no esté alcanzada por restricciones legales, de forma tal de cumplir con las obligaciones de transparencia activa.
  2. Notifíquese, publíquese y posteriormente archívese.

 

Firmado por: Dra. Mariella Saettone

Presidenta del Consejo Ejecutivo

Unidad de Acceso a la Información Pública

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