Resolución N° 110/025 Sobre reserva de información
Resolución Número: 110/025
Expediente Número: 2025-2-10-0000111
Lugar y fecha: Montevideo, 21 de agosto de 2025
Visto: La reserva de ANCAP que se envía para control de esta Unidad y cuya copia digital se adjunta;
Resultando:
- Que con fecha 12 de marzo se envía para control la resolución de reserva N° 017/025;
- que en la solicitud se pedía acceso a volúmenes de asfalto diluido MC1 y asfalto RC2 durante 2023 y 2024;
Considerando:
que, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Número 18.381, las reservas que se realizan ante solicitudes de acceso recibidas por los organismos deben ser remitidas a la Unidad en el plazo de 5 días hábiles, extremo que se cumple en este caso;
- que ANCAP realiza la prueba de daño y se expiden dictámenes donde se señala que la información solicitada se encuentra comprendida en la hipótesis establecida en el literal e) del artículo 9 de la Ley;
- que, por lo expresado resulta necesario proceder a su clasificación como información reservada por el plazo de 15 años;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Resuelve
- Establécese que la reserva se ajusta a derecho.
- Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por:Magíster Alejandra Villar Anllul
Presidenta del Consejo Ejecutivo
Unidad de Acceso a la Información Pública