Resolución N° 11/022 Sobre entrega de información

La denuncia presentada ante esta Unidad por el Sr. AA contra la Intendencia de Maldonado, invocando vencimiento de plazo ante una solicitud de acceso a la información pública al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.

VISTO: La denuncia presentada ante esta Unidad por el Sr. AA contra la Intendencia de Maldonado, invocando vencimiento de plazo ante una solicitud de acceso a la información pública al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

RESULTANDO:

  1.  que el Sr. AA se presentó el 1 de noviembre de 2021 ante la Intendencia de Maldonado a realizar el siguiente pedido de información: “Todo tramite iniciado en la Intendencia de Maldonado sobre el padrón 10953, con sus respectivas resoluciones. La habilitación final de infraestructura otorgado por la Intendencia de Maldonado sobre el padrón 10953”;
  2.  que el sujeto obligado respondió a dicha solicitud, pero el denunciante manifiesta que no corresponde con lo solicitado;
  3. que de la denuncia recibida se dio traslado a la Intendencia de Maldonado, la cual fue evacuada;
  4. que el sujeto obligado manifestó que respondió en tiempo y forma la solicitud y que ante lo manifestado por el Sr. AA, cursó una nueva solicitud;
  5. que posteriormente recayó el informe jurídico N° 2 de fecha 12 de enero de 2022, que concluyó, que la denunciada no brindó la totalidad de la información solicitada y que no correspondía tomar la aclaración en la notificación como una nueva solicitud;
  6. que se le dio vista del informe jurídico a ambas partes el que fue controvertido por el sujeto obligado y confirmado por informe jurídico N° 14 de fecha 10 de marzo de 2022 el cual concluyó que la denunciada, si bien lo intentó, en concreto no respondió la solicitud de acceso a la información pública en los plazos establecidos;

CONSIDERANDO:

  1. que conforme a lo establecido en los artículos 2° y 4° de la Ley N° 18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
  2. que surge que la Intendencia de Maldonado entregó información de forma parcial;
  3. que la información faltante es parte de la solicitud inicial, en la que se encuentra de forma clara y detallada lo que se pretende por parte del sujeto obligado;
  4. que no se está ante una nueva solicitud de información, cuando el solicitante manifiesta su disconformidad y reitera el pedido original pendiente de respuesta;
  5. que sin desmedro de lo establecido en el numeral anterior, debe tenerse presente que el Decreto N° 232/010 de 2 de agosto de 2010, reglamentario de la Ley N° 18.381, reconoce como regla de principio en su artículo 8 que “en los procedimientos establecidos para el acceso a la información pública se eliminarán las exigencias y ritualismos que pudieren ser un impedimento para el ejercicio del derecho consagrado por la Ley que se reglamenta”, no siendo de recibo la postura tomada por la Intendencia de Maldonado en cuanto a cursar una nueva solicitud a partir de la notificación;
  6. que no se está ante una nueva solicitud y, por lo tanto, los plazos legales se cuentan desde la interposición de la solicitud inicial, habiéndose verificado el silencio positivo;

 

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

RESUELVE:

  1. Indicar que la Intendencia de Maldonado debe proceder a entregar al solicitante la información faltante, habiéndose vencido los plazos legales.
  2. Exhortar al cumplimiento del artículo 8 del Decreto N° 232/010 de 2 de agosto de 2010, eliminando todo ritualismo que impida el libre accionar de solicitudes de acceso a la información pública.
  1. Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

 

Firmado por: Dr. Gabriel Delpiazzo

Presidente del Consejo Ejecutivo

Unidad de Acceso a la Información Pública

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