Resolución N° 128/024 Sobre archivo de actuaciones

La denuncia presentada ante esta Unidad por AA, contra el Banco de Previsión Social invocando vencimiento de plazos ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.

VISTO: La denuncia presentada ante esta Unidad por AA, contra el Banco de Previsión Social invocando vencimiento de plazos ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

RESULTANDO:

  1. que recibida la denuncia se dio vista al sujeto obligado el que no respondió;
  2. que en análisis de la denuncia se detectó que la identidad de la solicitante y de la denunciante no coincide (aunque parecen ser parientes), por lo que se dio vista solicitando se aclarara si realiza la denuncia a nombre propio o en nombre de otra persona, incorporara documentación de representación si corresponde y ratificara o rectificara cualquier otro aspecto que considere relevante;
  3. que, cumplido el plazo, no surge evacuación presentada;

CONSIDERANDO: que por tanto corresponde el archivo sin perjuicio de la presente denuncia;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

RESUELVE:

  1. Archivar la presente denuncia.
  2. Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.

 

Firmado por: Dra. Mariella Saettone

Presidenta del Consejo Ejecutivo

Unidad de Acceso a la Información Pública

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