Resolución N° 139/024 Sobre archivo de actuaciones
VISTO: La denuncia presentada ante esta Unidad por AA contra la Intendencia de Montevideo invocando vencimiento de plazo ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
RESULTANDO:
que la persona se presentó ante el sujeto obligado a solicitar la siguiente: “Se solicita se informe las contrataciones existentes en los últimos 10 años, así como las garantías constituidas vinculadas a la empresa BB SRL, RUT XXXXXXXXXXXXX o a las personas CC, titular de la cédula de identidad N° X.XXX.XXX-X-4; o DD, titular de la cédula de identidad N° X.XXX.XXX-X”;
que el sujeto obligado no respondió a la solicitud de la solicitante, por lo cual se presentó ante esta Unidad a fin de denunciar este extremo;
que, de la denuncia recibida, se dio traslado al organismo involucrado, la cual fue evacuada;
que la Intendencia de Montevideo en sus descargos manifiesta que: “Por la presente, se evacua en tiempo y forma la vista conferida de la denuncia titulada “DENUNCIA UAIP – AA CONTRA INTENDENCIA DE MONTEVIDEO” tramitada en Expediente Nro. 2024-2-10-0000364, que le fuere notificado a esta Intendencia el pasado 8 de julio, en base a las siguientes consideraciones: Se da cuenta que por Resolución Nro. 873/24/1000 de fecha 16/7/24, cuya copia se adjunta, tramitada por Expediente Nro. 2024-1090-98-000578 de esta Intendencia, se dio acceso a la información solicitada por la Sra. AA. El 17 de julio del corriente año se convocó vía mail a la solicitante, a los efectos de que concurra ante la Oficina de la Unidad de Acceso a la Información de esta Intendencia, piso 2, Sector Ejido,Edificio Sede para el retiro de la información requerida.”;
que el sujeto obligado aportó copia de correo electrónico a la denunciante para el retiro de la información, lo que se encuentra a folio 13;
que se le solicitó a la denunciante manifestara si la información fue entregada a lo que respondió: “informo que en el día de hoy se me dio acceso a la información solicitada.”;
CONSIDERANDO:
que corresponde por tanto proceder sin perjuicio, al archivo de estas actuaciones atento a que la peticionante manifestó que la información le fue entregada;
que, si bien la información fue puesta a disposición, se lo hizo fuera de los plazos legales;
que se exhorta a la Intendencia de Montevideo a cumplir con los plazos establecidos en la Ley Nº 18.381 para la entrega de la información;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
RESUELVE:
Archivar las presentes actuaciones, sin perjuicio.
Notifíquese y publíquese.
Firmado por: Dra. Mariella Saettone
Presidenta del Consejo Ejecutivo
Unidad de Acceso a la Información Pública