Resolución N° 142/024 Sobre reserva de información
La reserva presentada para control de esta Unidad por el Ministerio del Interior, al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.
VISTO: La reserva presentada para control de esta Unidad por el Ministerio del Interior, al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.
RESULTANDO:
- Que se remite a esta Unidad, Resolución Ministerial de fecha 18 de marzo de 2024, referente a la declaración de reserva de la información recaída en expediente 2024-4-1-0001276;
- que la Unidad realiza el informe jurídico N° 91 de 11 de julio de 2024, del cual se otorga vista.
CONSIDERANDO:
- que conforme a lo establecido en los artículos 2° y 4° de la Ley N° 18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
- que, el artículo 9° de la Ley N° 18.381, establece la posibilidad de reservar información, explicitando las causales y señala que excepcionalmente, la información podrá clasificarse como reservada en el momento en que se reciba una solicitud de acceso a la misma¸
- que mediante la solicitud se pide al Ministerio conocer el número de cámaras de lectores LPR que hay en el trayecto comprendido entre la rotonda de Luis Alberto de Herrera y Ruta 39 hasta la rotonda ubicada en ruta perimetral y Aparicio Saravia, de la ciudad de Maldonado al 29 de octubre de 2023;
- que el sujeto obligado declara de carácter reservado la información por entender que la misma está protegida por la ley N° 18.381 (art. 9 Lit A);
- que en la resolución se fundamenta en forma correcta la prueba de daño exigida y el plazo de la reserva es de 15 años;
- que, por tales razones, se concluye que la reserva enviada se ajusta a las disposiciones de la Ley;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
RESUELVE:
- Indicar que la reserva del Ministerio del Interior se encuentra debidamente fundada en razón de la naturaleza de la información de que se trata y se ajusta a las disposiciones legales.
- Notifíquese, publíquese y posteriormente archívese.
Firmado por: Dra. Mariella Saettone
Presidenta del Consejo Ejecutivo
Unidad de Acceso a la Información Pública