Resolución N° 146/023 Sobre archivo de actuaciones

La denuncia presentada ante esta Unidad por la Sra. AA, contra la Intendencia de Montevideo (IM), por vencimiento de plazo ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.

VISTO: La denuncia presentada ante esta Unidad por la Sra. AA, contra la Intendencia de Montevideo (IM), por vencimiento de plazo ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

RESULTANDO:

  1. que con fecha 30 de agosto de 2023 la denunciante se presentó ante el sujeto obligado a solicitar información: “A. Cantidad de muestras y análisis de plaguicidas realizados a productos del Mercado Modelo desde el 1° de enero de 2018 hasta el 30 de agosto de 2023. B. Resultados de los análisis de plaguicidas realizados a productos del Mercado Modelo desde el 1° de enero de 2018 hasta el 30 de agosto de 2023. C. Especificar qué plaguicidas son analizados en las muestras. D.Cantidad de muestras que no cumplieron los límites máximos permitidos en el Codex, especificando valores, de qué producto se trata y qué plaguicidas fueron detectados en cada uno de los casos. E. Detallar los pasos a seguir después de detectado el incumplimiento. ¿Existe un protocolo? En virtud de lo expuesto, y de acuerdo a lo dictado en la normativa citada”;
  2. que, de la denuncia recibida, se dio traslado al organismo involucrado, la cual fue evacuada, manifestando que dio acceso a la información, adjunta resolución y documento de notificación de entrega;
  3. que se le dio vista a la denunciante de los descargos del sujeto obligado  y se le solicitó que  manifestara si dejaba sin efecto la denuncia, a lo cual no respondió;

CONSIDERANDO:

  1. que surge de la evacuación de la vista conferida a la Intendencia de Montevideo que la que la información fue entregada a la solicitante;
  2. que si bien se le dio la vista correspondiente  a la denunciante para que pudiera informar a esta Unidad sobre lo manifestado por la Intendencia de Montevideo y si dejaba sin efecto la denuncia, no lo hizo;
  3. que, si bien el sujeto obligado no cumplió con los plazos legalmente establecidos, entregó la información;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

RESUELVE:

  1. Archivar la presente denuncia, sin perjuicio.
  2. Notifíquese, publíquese.

 

Firmado por: Mag. Alejandra Villar Anllul

Presidenta del Consejo Ejecutivo

Unidad de Acceso a la Información Pública

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