Resolución N° 156/025 Sobre entrega de información

La denuncia presentada ante la Unidad contra la Junta Departamental de Canelones, por falta de respuesta ante solicitud de información presentada en el marco de la Ley número 18.381

Resolución Número:156/025

Expediente Número: 2025-2-10-0000268

Lugar y Fecha: Montevideo, 8 de octubre de 2025

Visto: La denuncia presentada ante la Unidad contra la Junta Departamental de Canelones, por falta de respuesta ante solicitud de información presentada en el marco de la Ley número 18.381; 

Resultando:

  1. Que representantes de la ONG "Asociación Nacional de Control y Participación Ciudadana", solicitan información sobre el uso de esos fondos públicos y también se requiere información sobre criterios de control utilizados por la Junta;
  2. que también solicitan documentación que respalde el uso transparente y eficiente de US$15 millones destinados a la caminería rural;
  3. que la Unidad procede a realizar informe Nº 67 de 22 de agosto, del cual se otorga vista a las partes;
  4. que el organismo presenta descargos en tiempo y forma; 

Considerando: 

  1. que, conforme a lo establecido en el Artículo 4 de la ley se presume pública toda información producida, obtenida, en poder o bajo control de los sujetos obligados por la presente ley, con independencia del soporte en el que estén contenidas;

  2. que, a su vez, el artículo 14 señala que la solicitud de acceso a la información no implica la obligación de los sujetos obligados a crear o producir información que no dispongan o no tengan obligación de contar al momento de efectuarse el pedido, de acuerdo con sus competencias; 

  3. que la Junta de Canelones responde argumentando que no se negó información, sino que la información solicitada no estaba disponible en ese organismo así que se les asesoró que debía ser solicitada a la Intendencia de Canelones; 

  4. que se actuó de buena fe al orientar a los denunciantes sobre dónde solicitar la información; 

  5. que ya existe antecedente en la Unidad respecto a lo resuelto en el expediente 2024-2-10-0000391, en Resolución Número 155/024, donde se señala que los solicitantes deben presentarse ante la Intendencia de Canelones en lo que respecta a la Rendición de Cuentas del año 2024; 

Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

Resuelve

  1. Indicar el archivo de estas actuaciones habida cuenta de la respuesta brindada por la Junta Departamental de Canelones, y considerando que la solicitud debe ser presentada ante la Intendencia de Canelones.
  2. Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.

 

Firmado por :Magíster Alejandra Villar Anllul

Presidenta del Consejo Ejecutivo 

Unidad de Acceso a la Información Pública

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