Resolución N° 17/025 Sobre archivo de actuaciones

La denuncia presentada ante esta Unidad por AA contra la Corte Electoral por negación injustificada ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.

Resolución número: 17/025

Expediente número: 2024-2-10-0000563

Lugar y fecha:  Montevideo, 29 de enero 2025

Visto: la denuncia presentada ante esta Unidad por AA contra la Corte Electoral por negación injustificada ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

Resultando:

  1. que la persona se presentó el 20 de setiembre de 2024 ante el sujeto obligado a solicitar lo siguiente: “Necesito las fechas de todos los actos eleccionarios que, de acuerdo a la ley 16019, supusieron una veda a la venta de bebidas alcohólicas. Me interesa el periodo comprehendido entre enero del año 2012 y diciembre del 2022.” (sic);
  2. que el sujeto obligado respondió: “La Sección de Estadística informa que lo solicitado por el Sr. AA no está incluido entre los datos procesados por esta Sección”;
  3. que, de la denuncia recibida, se dio vista al organismo involucrado, la cual no fue evacuada;
  4. que posteriormente recayó el informe jurídico número 131 de 22 de noviembre de 2024, que concluyó que la Corte Electoral debe de entregar la información al solicitante como pide ya que la misma surge de sus cometidos;
  5. que de dicho informe se dio vista a ambas partes, sin que se hayan recibido descargos;
  6. que al momento de informar no se contaba con la documentación enviada por la Corte Electoral que manifestaba que la información había sido entregada;

Considerando: 

  1. que la información fue entregada al solicitante tal como luce en el expediente de referencia y corresponde el archivo de las actuaciones;

Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley número 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

Resuelve

  1. Indicar que corresponde el archivo de las actuaciones en vista de que la información ya fue brindada al solicitante.
  2. Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.

Firmado por: Doctora Mariella Saettone

Presidenta del Consejo Ejecutivo

Unidad de Acceso a la Información Pública

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