Resolución N° 173/025 Sobre oficio recibido

El Oficio N°211/2025 enviado a esta Unidad por el Gobierno de Treinta y Tres.

Resolución Número: 173/025

Expediente Número: 2025-2-10-0000216

Lugar y fecha: Montevideo, 22 de octubre de 2025

Visto: El Oficio N°211/2025 enviado a esta Unidad por el Gobierno de Treinta y Tres.

Resultando:

  1. Que mediante el oficio referido en el visto se advierte que se ha padecido un error involuntario en el trámite de la denuncia contra la Alcaldía de Rincón, Departamento de Treinta y Tres; 

  2. que la solicitud de acceso adjunta a la denuncia presentada por el denunciante no corresponde con los datos ingresados en el formulario de la denuncia; 

  3. que se dio vista del informe oportunamente a la Intendencia de Treinta y Tres, pero no se recibieron descargos en tiempo y forma;

  4. que la Unidad procedió a dictar la Resolución número 155 de fecha 8 de octubre de 2025; 

Considerando: 

  1. Que se constata que la solicitud que se adjuntó al formulario de denuncia no se corresponde con la misma y ello indujo a error de esta Unidad en el dictado del acto administrativo antes mencionado; 

  2. Que por razones de buena administración procede dejar sin efecto la Resolución número 155 de 8 de octubre de 2015; 

    Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

Resuelve

  1. Déjese sin efecto la Resolución Número 155 de 8 de octubre de 2025, dictada por el Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública. 
  2. Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.

     

    Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul

    Presidenta del Consejo Ejecutivo 

    Unidad de Acceso a la Información Pública

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