Resolución N° 180/024 Sobre reserva de información
Resolución número: 180/024
Fecha y lugar: Montevideo, 13 de noviembre de 2024
Expediente número: 2024-2-10-0000516
Visto: La resolución de reserva ante una solicitud de acceso a la información realizada por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) al amparo del artículo 9 de la Ley 18.381 de Acceso a la Información Pública;
Resultando: que esta Unidad recibió comunicación de la Resolución número 2590/2024 recaída ante una solicitud de acceso a la información realizada al sujeto obligado, por la cual se reservó información relacionada con el expediente en que se están sustanciando los procedimientos administrativos derivados de la información de urgencia realizada a raíz de la denuncia efectuada contra la solicitante;
Considerando:
que conforme a lo establecido en los artículos 2° y 4° de la Ley número 18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
que las excepciones al principio general se encuentran en el artículo 8 de la mencionada Ley y son de interpretación estricta;
que en el caso de clasificar información como reservada ante una solicitud, se debe tener en cuenta cuatro elementos establecidos por la normativa vigente: a) mencionar alguna de las causales que se encuentran en los literales del artículo 9 de la Ley número 18.381, b) realizar la prueba de daños que está establecida en el artículo 25 del Decreto número 232/010, c) indicar el tiempo por el cual se va a reservar la información y d) el envío a la Unidad de Acceso a la Información Pública en un plazo de cinco días hábiles del acto administrativo que emana del jerarca que resuelve la reserva de información;
que el organismo cumplió con los cuatro elementos indicados;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley número 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Resuelve
- Establecer que la reserva realizada por el Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) mediante Resolución número 2590/2024 recaída ante una solicitud de acceso a la información, se ajusta a derecho.
- Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por: Doctora Mariella Saettone
Cargo: Presidenta del Consejo Ejecutivo
Organismo: Unidad de Acceso a la Información Pública