Resolución N° 182/026 sobre reserva de información

La reserva parcial del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP) que se envía para control de esta Unidad y cuya copia se adjunta

Resolución Número: 182/026

Expediente Número: 2026-2-10-0000063

Lugar y fecha: Montevideo, 20 de mayo de 2026

Visto: La reserva parcial del Ministerio de Ganadería Agricultura y Pesca (MGAP) que se envía para control de esta Unidad y cuya copia se adjunta; 

Resultando:

  1. Que se remite a la Unidad Resolución Ministerial Nº 58 de fecha 23/01/2026, dando cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 3º de la misma (Asunto Nº 2025-7-2-0000615); 

  2. que mediante la solicitud se solicita acceder al contenido de dos expedientes que se tramitan en dicho Ministerio; 

  3. que el Ministerio permite el acceso a uno de ellos, pero reserva el contenido del otro amparándose en lo dispuesto en el artículo 9 Literal G); 

Considerando: 

  1. que, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Número 18.381, las reservas que se realizan ante solicitudes de acceso recibidas por los organismos deben ser remitidas a la Unidad en el plazo de 5 días hábiles;

  2. que el MGAP realiza la prueba de daño y señala que la información contenida en el expediente 2024-7-2-0000597 debe ser reservada hasta tanto se tome una decisión por parte de la administración;
  3. que se realiza la prueba de daño y se fundamenta la reserva en lo dispuesto en el artículo 9 Literal G);
  4. que, por lo expresado el Ministerio concluye que resulta necesario proceder a su clasificación como información reservada mientras duren las negociaciones y por el plazo máximo de 15 años; 

Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

Resuelve

  1. Indicar que la reserva debe mantenerse hasta que sea adoptada la decisión respectiva, la cual deberá estar documentada tal como señala el artículo 9 Literal G) de la Ley N° 18.381. 
  2. Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.

     

    Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul

    Cargo: Presidenta del Consejo Ejecutivo 

    Organismo: Unidad de Acceso a la Información Pública

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