Resolución N° 220/026 sobre reserva de información
la resolución de reserva ante una solicitud de acceso a la información realizada por la Intendencia de Canelones
Resolución número: 220/026
Expediente número: 2025-2-10-0000682
Lugar y fecha: Montevideo, 24 de junio de 2026
Visto: la resolución de reserva ante una solicitud de acceso a la información realizada por la Intendencia de Canelones
Resultando:
- que esta Unidad recibió resolución 25/07178 de 10 de octubre de 2025 recaída ante una solicitud de acceso a la información, desestimando su entrega y enviada el día 16 de octubre de 2025 a esta Unidad;
- que surge de la resolución que información es la reservada es la siguiente: “acceso a la información relativa al expediente 2016-81-1090-00420”;
- que, posteriormente recayó informe jurídico el que concluyó que la resolución no se ajustaba a derecho, se solicitó enviar una nueva resolución y se destacó el cumplimiento del artículo 7 del Decreto 232/010 por parte de la Intendencia de Canelones;
- que ante el informe jurídico no se presentó descargos;
Considerando:
- que conforme a lo establecido en los artículos 2 y 4 de la Ley N°18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
- que las excepciones al principio general se encuentran en el artículo 8 de la Ley Nº 18.381 y son de interpretación estricta;
- que en el caso de clasificar información como reservada ante una solicitud, se debe tener en cuenta cuatro elementos establecidos por la normativa vigente: a) mencionar alguna de las causales que se encuentran en los literales del artículo 9 de la Ley Nº 18.381, b) realizar la prueba de daños que está establecida en el artículo 25 del Decreto Nº 232/010, c) indicar el tiempo por el cual se va a reservar la información y d) el envío a la Unidad de Acceso a la Información Pública en un plazo de cinco días hábiles del acto administrativo que emana del jerarca que resuelve la reserva de información;
- que, el sujeto obligado no cumplió con establecer la prueba de daños, no quedando establecida en la resolución;
- que la resolución no cuenta con el plazo de reserva establecido en la normativa vigente;
- que, la Intendencia de Canelones no cumplió con todos los elementos indicados;
- que se destaca el cumplimiento del artículo 7 del Decreto 232/010 por parte de la Intendencia de Canelones en el entendido de que ha entregado a la parte una versión pública del expediente solicitado;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley número 18.381, de 17 de octubre de 2008 y el Decreto Reglamentario número 232/010 de 2 de agosto de 2010;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Resuelve
- Establecer que la resolución número resolución 25/07178 de 10 de octubre de 2025 de la Intendencia de Canelones recaída ante una solicitud de acceso a la información, no se ajusta a derecho.
Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul
Cargo: Presidenta del Consejo Ejecutivo
Organismo: Unidad de Acceso a la Información Pública
