Resolución N° 220/026 sobre reserva de información

la resolución de reserva ante una solicitud de acceso a la información realizada por la Intendencia de Canelones

Resolución número: 220/026

Expediente número: 2025-2-10-0000682

Lugar y fecha: Montevideo, 24 de junio de 2026

Vistola resolución de reserva ante una solicitud de acceso a la información realizada por la Intendencia de Canelones

Resultando:

  1. que esta Unidad recibió resolución 25/07178 de 10 de octubre de 2025 recaída ante una solicitud de acceso a la información, desestimando su entrega y enviada el día 16 de octubre de 2025 a esta Unidad;
  2. que surge de la resolución que información es la reservada es la siguiente: “acceso a la información relativa al expediente 2016-81-1090-00420”;
  3. que, posteriormente recayó informe jurídico el que concluyó que la resolución no se ajustaba a derecho, se solicitó enviar una nueva resolución y se destacó el cumplimiento del artículo 7 del Decreto 232/010 por parte de la Intendencia de Canelones;
  4. que ante el informe jurídico no se presentó descargos;

Considerando: 

  1. que conforme a lo establecido en los artículos 2 y 4 de la Ley N°18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
  2. que las excepciones al principio general se encuentran en el artículo 8 de la Ley Nº 18.381 y son de interpretación estricta;
  3. que en el caso de clasificar información como reservada ante una solicitud, se debe tener en cuenta cuatro elementos establecidos por la normativa vigente: a) mencionar alguna de las causales que se encuentran en los literales del artículo 9 de la Ley Nº 18.381, b) realizar la prueba de daños que está establecida en el artículo 25 del Decreto Nº 232/010, c) indicar el tiempo por el cual se va a reservar la información y d) el envío a la Unidad de Acceso a la Información Pública en un plazo de cinco días hábiles del acto administrativo que emana del jerarca que resuelve la reserva de información;
  4. que, el sujeto obligado no cumplió con establecer la prueba de daños, no quedando establecida en la resolución;
  5. que la resolución no cuenta con el plazo de reserva establecido en la normativa vigente;
  6. que, la Intendencia de Canelones no cumplió con todos los elementos indicados;
  7. que se destaca el cumplimiento del artículo 7 del Decreto 232/010 por parte de la Intendencia de Canelones en el entendido de que ha entregado a la parte una versión pública del expediente solicitado; 

Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley número 18.381, de 17 de octubre de 2008 y el Decreto Reglamentario número 232/010 de 2 de agosto de 2010;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

Resuelve

  1. Establecer que la resolución número resolución 25/07178 de 10 de octubre de 2025 de la Intendencia de Canelones recaída ante una solicitud de acceso a la información, no se ajusta a derecho.
  2. Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.

     

    Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul

    Cargo: Presidenta del Consejo Ejecutivo

    Organismo: Unidad de Acceso a la Información Pública

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