Resolución N° 229/025 Sobre entrega de información
La denuncia presentada ante esta Unidad por AA contra la Intendencia de Montevideo invocando vencimiento de plazo ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.
Resolución número: 229/025
Expediente número: 2025-2-10-0000806
Lugar y fecha: Montevideo, 11 de diciembre 2025
Visto: la denuncia presentada ante esta Unidad por AA contra la Intendencia de Montevideo invocando vencimiento de plazo ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
Resultando:
- que la persona se presentó el 8 de setiembre ante el sujeto obligado a solicitar la siguiente información: “Acceso íntegro e irrestricto al expediente administrativo de demolición realizado el día 17 de diciembre de 2017, mediante el cual la Intendencia dispuso el derribo de las instalaciones del Club Social IGUA , incluyendo: 2. Resolución administrativa que autorizó la demolición. Fundamentos técnicos y jurídicos. Notificaciones cursadas. Documentación entregada a terceros en el acto (donde se alegó falsamente que se trataba de un “terreno cedido a 20 años”). 2. Acceso a la documentación completa relativa al cambio de padrón efectuado tras la demolición, indicando: Número de padrón nuevo asignado. Acto administrativo que autorizó la mutación catastral. Fundamento legal (resolución, decreto o disposición). Fecha y autoridad que lo dictó. 3. En caso de que el expediente haya desaparecido o se encuentre extraviado, solicito formalmente su reconstrucción administrativa inmediata, conforme lo dispone el art. 13 de la Ley Nº 18.381 y el principio constitucional de publicidad y transparencia de los actos administrativos (art. 82 de la Constitución).”;
- que, de la denuncia recibida, se dio vista al organismo involucrado, la cual fue evacuada;
- que el sujeto obligado aporta documentación que consta que le fue notificado al solicitante la respuesta a su solicitud (folio 47);
Considerando:
- que corresponde por tanto proceder sin perjuicio, al archivo de estas actuaciones atento a que surge de la documentación aportada que el sujeto obligado entregó la información solicitada;
- que, si bien la información fue puesta a disposición, se lo hizo fuera de los plazos legales;
- que se exhorta a la Intendencia de Montevideo a cumplir con los plazos establecidos en la Ley número 18.381 para la entrega de la información;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley número 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Resuelve
- Archivar las presentes actuaciones, sin perjuicio.
- Notifíquese, publíquese y posteriormente, archívese.
Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul
Cargo: Presidenta del Consejo Ejecutivo
Organismo: Unidad de Acceso a la Información Pública
