Resolución N° 273/026 Sobre entrega de información

La denuncia presentada ante esta Unidad por AA contra la Intendencia de Montevideo invocando vencimiento de plazo ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.

Resolución número:273/026

Expediente número: 2026-2-10-0000491

Lugar y fecha:  Montevideo, 29 de julio 2026

Visto: la denuncia presentada ante esta Unidad por AA contra la Intendencia de Montevideo invocando vencimiento de plazo ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008; 

Resultando:

  1. que la persona se presentó ante el sujeto obligado a pedir la siguiente información: “Se solicita copia completa del expediente N° 2025-5231-98-002530, incluyendo las últimas actuaciones.”;
  2. que el sujeto obligado no respondió a la solicitud, por lo cual se presentó ante esta Unidad el denunciante a fin de denunciar este extremo;
  3. que, de la denuncia recibida, se dio traslado al organismo involucrado, la cual fue evacuada;
  4. que la Intendencia de Montevideo en sus descargos manifiesta que: “Con fecha 16 de abril de 2026 se dictó la Resolución Nro. 532/26/1000 por la que se accede a la información solicitada. De manera excepcional y por error la misma quedó en la bandeja de expedientes a notificar a interesado. Se reitera la circunstancia de manera excepcional, en tanto este sujeto obligado recibe anualmente - como es de su conocimiento - centenas de solicitudes de acceso a información, con un porcentaje de respuestas que rondan el 100% de cumplimiento. En el día de la fecha y advertidos por el traslado de la denuncia, se procedió a notificar a interesado por parte de la Unidad de Acceso a la Información Pública de esta Intendencia, por lo que a información fue entregada. A los efectos de acreditar lo que se viene de decir, se agrega copia pdf fiel, del expediente número 2026-1090-98-000936 donde se diligenció la solicitud de marras.”;
  5. que el sujeto obligado aportó copia de entrega de la información, lo que se encuentra en folio 33;

Considerando: 

  1. que corresponde por tanto proceder sin perjuicio, al archivo de estas actuaciones atento a que surge de la documentación aportada que el sujeto obligado informó al peticionante de la disponibilidad en oficina de la información solicitada;
  2. que, si bien la información fue puesta a disposición, se lo hizo fuera de los plazos legales;
  3. que se exhorta a la Intendencia de Montevideo a cumplir con los plazos establecidos en la Ley número 18.381 para la entrega de la información; 

Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley número 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

Resuelve

  1. Archivar las presentes actuaciones, sin perjuicio.
  2. Notifíquese y publíquese.

Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul

Cargo: Presidenta del Consejo Ejecutivo

Organismo: Unidad de Acceso a la Información Pública

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