Resolución N° 287/026 Sobre reserva de información
Resolución número: 287/026
Expediente número: 2026-2-10-0000475
Lugar y fecha: Montevideo, 29 de julio de 2026
Visto: La reserva parcial de la Administración Nacional de Puertos (ANP) que se envía para control de esta Unidad y cuya copia digital se adjunta;
Resultando:
Que la ANV envía para control la resolución de reserva 17/26 de fecha 17 de junio de 2026, referente a solicitud de acceso recibida por el organismo;
que en la solicitud se pide se acceso a diversa información sobre el Puerto de Fray Bentos, entre ella información sobre la estructura de dicha obra;
que el organismo primero se ampara en la prórroga y luego resuelve la entrega parcial de lo solicitado al contar con informes de la jurídica y de la Unidad de Investigación y Patrimonio Documental que indican que la información sobre la estructura del puerto debe ser reservada por razones de seguridad pública;
Considerando:
que, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Número 18.381, las reservas que se realizan ante solicitudes de acceso recibidas por los organismos deben ser remitidas a la Unidad en el plazo de 5 días hábiles;
que la ANP realiza la prueba de daño y procede a reservar parte de la información solicitada por considerar que la misma encuadra en la excepción prevista en el Artículo 9 Literal a) de la Ley;
que, sus oficinas técnicas realizan la ponderación del riesgo que implica brindar acceso a esa información del puerto dado que su divulgación podría afectar la seguridad pública tal como se dispone en el artículo 9 a) que se invoca;
que, por lo expresado resuelven la clasificación por el plazo de 15 años de la información sobre la estructura portuaria objeto de la solicitud;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Resuelve
- Indicar que la reserva se ajusta a las disposiciones legales y cumple con los 4 requisitos previstos en los artículos 9 y 11 de la Ley número 18. 381 y 25 del Decreto Reglamentario.
- Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul
Cargo: Presidenta del Consejo Ejecutivo
Organismo: Unidad de Acceso a la Información Pública
