Resolución N° 297/026 Sobre entrega de información
La resolución del Consejo Ejecutivo de esta Unidad de Acceso a la Información Pública número 199/026, de 3 de junio de 2026.
Resolución número: 297/026
Expediente número: 2026-2-10-0000067
Lugar y Fecha: Montevideo, 7 de agosto de 2026
Visto: la resolución del Consejo Ejecutivo de esta Unidad de Acceso a la Información Pública número 199/026, de 3 de junio de 2026;
Resultando:
- que por la resolución mencionada en el Visto se estableció que se ha configurado silencio positivo por parte de la Intendencia de Montevideo por falta de respuesta en tiempo ante una solicitud de información pública, exhortando a ésta al cumplimiento del plazo legal de respuesta;
- que el 9 de junio de 2026 se le notifica a la Intendencia de Montevideo la citada Resolución y el 12 de junio siguiente se presenta efectuando descargos;
- que el sujeto obligado expresa que, aunque fuera del plazo legal, fue entregada la información al solicitante y agrega copia de sus actuaciones, de la información proporcionada, la Resolución 426/26/1000, de 23 de marzo de 2026, dictada por la Directora General del Departamento de Secretaría General y constancia de notificación;
- que el sujeto obligado solicita que se deje sin efecto la Resolución del Consejo Ejecutivo de esta Unidad número 199/026, de 3 de junio de 2026, en tanto no se encuentra en silencio positivo;
Considerando:
- que, conforme con la documentación remitida por el sujeto obligado, se ha dado acceso a la información solicitada;
- que, sin perjuicio de lo anterior, la entrega se realizó fuera del plazo legal, habiéndose configurado el silencio positivo del artículo 18 de la Ley número 18.381, de 17 de octubre de 2008;
- que al no haber efectuado descargos el sujeto obligado tras la vista de la denuncia y del Informe Jurídico número 51, de 20 de abril de 2026, de la Asesoría Letrada de esta Unidad, no se tuvo conocimiento de la entrega realizada;
- que es carga del propio interés de los organismos efectuar los descargos correspondientes ante una denuncia por incumplimiento a la Ley de acceso a la información pública, para que el organismo de control se pronuncie conforme a derecho;
- que procede modificar la presente Resolución;
Atento: a lo precedentemente expuesto;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Resuelve
- Modifícase la resolución del Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública número 199/026, de 3 de junio de 2026, en los términos expresados en los Considerandos 1 y 2.
Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por: Magíster Mariel Lorenzo Pena
Cargo: Presidenta del Consejo Ejecutivo
Organismo: Unidad de Acceso a la Información Pública
