Resolución N° 33/010 Sobre gratuidad de las solicitudes de información

La petición presentada ante esta Unidad el día 2 de agosto de 2010 por la denegatoria de acceso a la información que oportunamente fuera solicitada, a la Intendencia de Montevideo (IM), Dirección del Servicio de Ingresos Vehiculares.

VISTO: La petición presentada ante esta Unidad el día 2 de agosto de 2010 por la denegatoria de acceso a la información que oportunamente fuera solicitada, a la Intendencia de Montevideo (IM), Dirección del Servicio de Ingresos Vehiculares;

RESULTANDO:

I) que con fecha 18 de marzo de 2010, el Sr. Alejandro Mihalsky presentó ante la mencionada División de la IM, una solicitud de acceso relacionada con los costos anuales en pesos de las patentes de rodados de determinadas marcas empadronadas en Montevideo;

II) que la IM para dar inicio al trámite interpuesto le cobra al solicitante la suma de $ 109 (pesos uruguayos ciento nueve);

III) que de acuerdo a la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008, el organismo dispone de un plazo de 20 (veinte días) hábiles, a contar desde la presentación de la solicitud de acceso, para entregar la información solicitada o para negar el acceso. Vencido dicho plazo la IM no se pronunció al respecto configurándose el silencio positivo;

IV) que con fecha 2 de agosto de 2010 se presenta ante esta Unidad la referida petición por parte del Sr. Mihalsky;

V) que el día 13 de agosto del corriente año, se presenta la Intendencia de Montevideo a tomar vista de las actuaciones;

VI) que la Intendencia presentó sus descargos el día 10 de noviembre de 2010, fuera del plazo otorgado a esos efectos; 

CONSIDERANDO:

I) que la Intendencia es sujeto obligado de acuerdo a la Ley N°18.381 de 17 de octubre de 2008;

II) que la información solicitada al Municipio, es información pública de acuerdo a los artículo 2 y 4 de la ley 18.381;

III) que el acceso a la información pública es gratuito, de acuerdo al artículo 17 de la ley 18.381;

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a la Ley N°18.381 de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

RESUELVE:

1°. Que la información solicitada es información pública conforme a los artículos 2 y 4 de la Ley 18.381, por lo que deberá ser entregada al solicitante.

2°. Recordar a la Intendencia de Montevideo, que según el artículo 17 de la ley 18.381 el acceso a la información pública es gratuito.

3°. Indicar a la Intendencia de Montevideo que debe cumplir con los plazos previstos en la mencionada ley.

4. Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

 

Firmado por: Sonia Sena

Prieto Presidenta de la UAIP

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