Resolución N° 333/026 Sobre no contravención a la Ley

la denuncia presentada ante esta Unidad por AA al Ministerio de Defensa Nacional por negación injustificada, frente a una solicitud de acceso a la información realizada al amparo de la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008;

Resolución número: 333/026

Expediente número: 2026-2-10-0000482

Lugar y fecha:  Montevideo, 7 de octubre de 2026

Visto: la denuncia presentada ante esta Unidad por AA al Ministerio de Defensa Nacional por negación injustificada, frente a una solicitud de acceso a la información realizada al amparo de la Ley N° 18.381 de 17 de octubre de 2008;

Resultando:

  1. que la persona se presentó ante el sujeto obligado a pedir información referente a la evaluación de riesgos de firmware en equipos de Plan Ceibal entregados a niños;
  2. que habiéndose notificado a la denunciada de las actuaciones presentó descargos;
  3. que posteriormente recayó el informe jurídico número 106 de 27 de julio de 2026, que concluyó que el sujeto obligado ha brindado respuesta, pero deberá rechazar la solicitud por falta de competencia específico y, además, se le sugiere al solicitante dirigirse al Plan Ceibal, en tanto persona pública no estatal y por ende sujeto de derecho de la Ley de Acceso;
  4. que de dicho informe jurídico se dio vista a las partes no recibiendo descargos;

Considerando: 

  1. que conforme a lo establecido en los artículos 2° y 4° de la Ley N°18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
  2. que, la información solicitada no corresponde a la materia del Ministerio de Defensa quedando de manifiesto la aplicación del artículo 14 de la Ley número 18.381;

Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley número 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

Resuelve

  1. Indicar que no hubo contravención a la normativa de acceso a la información pública por parte del Ministerio de Defensa por no cumplir con lo establecido en el artículo 16 de la Ley número 18.381. 
  1. Notifíquese, publíquese y posteriormente, archívese.

     

Firmado por: Magíster Mariel Lorenzo Pena

Cargo: Presidenta del Consejo Ejecutivo

Organismo: Unidad de Acceso a la Información Pública

 

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