Resolución N° 37/025 Sobre desclasificación de información
La denuncia presentada ante esta Unidad por AA contra el Ministerio de Relaciones Exteriores por negación injustificada ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008
Resolución número: 37/025
Expediente: 2024-2-10-0000504
Fecha y lugar: Montevideo, 19 de febrero de 2025
Visto: la denuncia presentada ante esta Unidad por AA contra el Ministerio de Relaciones Exteriores por negación injustificada ante una solicitud de información realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
Resultando:
- que la persona se presentó ante el sujeto obligado a solicitarla siguiente información: “Vista de todas las actuaciones de los expedientes GEX números 2022/06001/000078 y 2023/06001/002654. Se anexa captura de
- pantalla de consulta pública (en https://expedientes.mrree.gub.uy/de) de cada uno de los dos expedientes, donde consta fecha de inicio y fecha de ultimo,movimiento. Nota: los expedientes refieren a cuestiones de la relación laboral entre quien suscribe y solicita esta información pública, AA CI X.XXX.XXX-X como Oficial del Cancillería del Consulado General en Hamburgo / M.RR.EE. (Estado), y quien decide respecto a lo solicitado es decir el M.RR.EE.(Estado).”;
- que el sujeto obligado respondió las solicitudes, negando el acceso por considerar la información reservada;
- que no conforme con las respuestas, la persona solicitante se presentó ante esta Unidad a fin de denunciar este extremo;
- que de dicha denuncia se dio traslado al organismo indicado, el que presentó descargos;
- que de los descargos recibidos por el sujeto obligado se desprende que la reserva se fundamentó en actuaciones que versan sobre la situación laboral del peticionante sobre la que no ha recaído decisión final por lo que franquear la información solicitada podría afectar la provisión libre y franca de asesoramientos, etc;
- que paralelamente esta Unidad analizó la reserva, y posteriormente su modificación, emitiendo la resolución 14/025 de 22 de enero de 2025 que resuelve que las resoluciones mencionadas no se ajustan a derecho;
- que, la resolución 14/025 de 22 de enero de 2025 se encuentra firme;
Considerando:
- que conforme a lo establecido en los artículos 2° y 4° de la Ley Número 18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
- que, en el caso en cuestión, el organismo procede a clasificar ante una solicitud y se ampara en lo dispuesto en el artículo 9 Literal G) de la Ley que establece que el organismo puede hacerlo cuando existe riesgo de “afectar la provisión libre y franca de asesoramientos, opiniones o recomendaciones que formen parte del proceso deliberativo de los sujetos obligados hasta que sea adoptada la decisión respectiva, la cual deberá estar documentada”;
- que estableció un plazo de reserva de 15 años y posteriormente lo redujo a tres años;
- que, con fecha 22 de enero de 2025 el Consejo Ejecutivo de esta Unidad, mediante resolución 14/025 concluyó que la reserva realizada y su modificativa por el Ministerio de Relaciones Exteriores no se ajustaba a lo dispuesto en la normativa vigente;
- que por lo establecido en el numeral anterior, el Ministerio de Relaciones debe descalcificar la información y entregarla al solicitante;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Resuelve
- Requerir al Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE) que desclasifique la información según lo manifestado en los Considerandos de esta resolución.
- Requerir al Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE) que entregue al denunciante la información solicitada.
- Informar al peticionante que según surge del artículo 22 de la Ley N° 18.381 dispone de las acciones judiciales pertinentes.
- Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por: Doctora Mariella Saettone
Presidenta del Consejo Ejecutivo
Unidad de Acceso a la Información Pública