Resolución N° 43/022 Sobre entrega de información
La solicitud de acceso presentada ante esta Unidad por el Sr. AA realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.
VISTO: la solicitud de acceso presentada ante esta Unidad por el Sr. AA realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
RESULTANDO:
- que el Sr. AA se presentó el 30 de agosto ante esta Unidad a realizar el siguiente pedido de información: “Listado de denuncias recibidas por la Unidad de Acceso a la Información desde el 1° marzo de 2020 a la fecha de presentación de esta solicitud Copia de los expedientes iniciados por la Unidad de Acceso a la Información desde el 1° marzo de 2020 a la fecha de presentación de esta solicitud Resoluciones adoptadas por Unidad de Acceso a la Información desde el 1° marzo de 2020 a la fecha de presentación de esta solicitud Actas del directorio de la Unidad de Acceso a la Información desde el 1° de marzo de 2020 a la fecha de presentación de esta solicitud”.
CONSIDERANDO:
- que conforme a lo establecido en los artículos 2° y 4° de la Ley N° 18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
- que por tanto corresponde entregar la información solicitada;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
RESUELVE:
- Entregar la información solicitada al Sr. AA.
- Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por: Mag. Alejandra Villar Anllul
Presidenta del Consejo Ejecutivo
Unidad de Acceso a la Información Pública