Resolución N° 47/024 Sobre reserva de información

La reserva presentada por el Ministerio del Interior (MI) ante solicitud de información presentada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.

VISTO: La reserva presentada por el Ministerio del Interior (MI) ante solicitud de información presentada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.

RESULTANDO:

  1. Que el Ministerio del Interior (MI), remite a esta Unidad, Resolución Ministerial de reserva de fecha 20 de noviembre de 2023, contenida en el Expediente Nro. 2023-4-1-0006786, emitida ante solicitud de acceso y mediante la cual se declara la reserva parcial de información referida a cantidad de efectivos policiales, cantidad de vehículos e integración de equipos antidrogas que hay en la jefatura de Colonia;
  2. que mediante dicha reserva el Ministerio clasifica la información por el plazo de 20 años y ordenar la entrega del resto de la información estadística solicitada;
  3. Que se realiza informe y se le otorga vista al Ministerio, pero no presenta descargos ni ajusta la reserva a las observaciones señaladas por esta Unidad;

CONSIDERANDO:

  1. que el artículo 9° de la Ley señala que el organismo debe enviar para control de esta Unidad las reservas que se realizan ante solicitud recibida, en el plazo de 5 días hábiles luego de emitida;
  2. que la reserva que se envía a esta Unidad se encuentra bien fundada en el artículo 9 Literal A) de la Ley, cumpliéndose con la prueba de daños que establece el artículo 25 del decreto reglamentario;
  3. que sin embargo el plazo de 20 años de la reserva no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley;
  4. que, por último, el Ministerio el Ministerio debería brindar acceso a la cantidad de delitos y a la cantidad de licencias médicas como datos estadísticos ya que se trata de información que el Ministerio debe tener en función de sus cometidos;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

RESUELVE:

  1. Indicar al Ministerio del Interior que el plazo de la reserva enviada a esta Unidad no se ajusta a lo establecido en el artículo 11 de la Ley y por tanto debe ser revisado conforme la norma.
  2. Notifíquese y publíquese.

 

Firmado por: Mag. Alejandra Villar Anllul

Presidenta del Consejo Ejecutivo

Unidad de Acceso a la Información Pública

 

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