Resolución N° 54/025 Sobre solicitud de acceso
Resolución número: 54/025
Fecha y lugar: Montevideo, 26 de marzo de 2024
Expediente: sin expediente
Visto: la solicitud de acceso presentada ante esta Unidad por AA realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
Resultando:
- que la persona se presentó el 20 de marzo ante esta Unidad a realizar el siguiente pedido de información: “En atención a lo dispuesto en el Art. 5 de la ley 18.381 de 17 de octubre de 2008 y sus modificaciones posteriores solicito información sobre cuál es el estado de cumplimiento de dicha obligación de transparencia activa por parte de todos los organismos públicos, sean o no estatales del país. Complementariamente: Informar si, respecto a lo dispuesto en la norma: -deberán difundir en forma permanente de a través de sus medios electrónicos u otros medios que el órgano de control determine- eso se expresa en la publicación activa de toda la información referida en el art. 5 en cada una de las páginas web oficiales de los organismos obligados. Si es así, indicar qué organismos públicos aplican la norma a través de ese soporte. Si no se aplica de esta manera la obligación mencionada, conocer cuáles son los medios electrónicos por los cuales los distintos organismos estarían cumpliendo con esa obligación, y si existen criterios generales establecidos por la administración a tales efectos. En particular, quisiera información sobre cuáles organismos públicos, sean estatales o no, tienen actualmente publicado en su página web -información sobre presupuesto asignado, su ejecución, con los resultados de las auditorías que en cada caso corresponda- (según lo dispuesto en el literal D del art. 5 de la Ley 18.381)”;
- que dicha solicitud se gestionó a través del Sistema de Acceso a la Información Pública (SAIP), Id 6852;
Considerando: que conforme a lo establecido en los artículos 2° y 4° de la Ley N° 18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley número 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Resuelve
Entregar la información a la persona solicitante mediante el Sistema de Acceso a la Información Pública (Solicitud Id 6825).
- Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul
Presidenta del Consejo Ejecutivo
Unidad de Acceso a la Información Pública