Resolución N° 60/025 Sobre reserva de información
Resolución Número: 60/025
Expediente Número 2024-2-10-0000613
Lugar y fecha: Montevideo, 9 de abril de 2025
Visto: La reserva de URSEC que se envía para control de esta Unidad y cuya copia digital se adjunta;
Resultando:
- Que con fecha 18 de noviembre remite a la Unidad Resolución 606/024 mediante la cual se reserva por seis meses el Proyecto de Movilidad de Celulares;
- Que se indica que dicho Proyecto está siendo objeto de análisis por parte de esta Unidad Reguladora en Expediente 2022-71-1-0000869;
Considerando:
que, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Número 18.381, las reservas que se realizan ante solicitudes de acceso recibidas por los organismos deben ser remitidas a la Unidad en el plazo de 5 días hábiles, extremo que se cumple en este caso;
- que URSEC realiza la prueba de daño y señala que la información solicitada se encuentra comprendida en la hipótesis establecida en el literal G del artículo 9 de la Ley, en tanto su divulgación puede “afectar la provisión libre y franca de asesoramientos, opiniones o recomendaciones que formen parte del proceso deliberativo de los sujetos obligados hasta que sea adoptada la decisión respectiva, la cual deberá estar documentada”;
- que, por lo expresado resulta necesario proceder a su clasificación como información reservada por el término de 6 meses;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Resuelve
- Indicar que la reserva se ajusta a derecho y la información deberá ser brindada una vez vencido el plazo de seis meses.
- Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul
Presidenta del Consejo Ejecutivo
Unidad de Acceso a la Información Pública