Resolución N° 69/022 Sobre entrega de información
VISTO: la solicitud de acceso presentada ante esta Unidad por la Sra. AA realizada al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
RESULTANDO:
1.
que la Sra. AA se presentó el 17 de octubre ante esta Unidad a realizar el siguiente pedido de información: “Cantidad de dictámenes (discriminados por organismo) que realizó durante 2021 y 2022 en relación con organismos públicos que no entregaron la información solicitada en tiempo y forma y por ende se venció la prórroga y se configuró silencio positivo”.
CONSIDERANDO:
1.
que conforme a lo establecido en los artículos 2° y 4° de la Ley N° 18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
2.
que por tanto corresponde entregar la información solicitada;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
RESUELVE:
1.
Entregar la información solicitada a la Sra. AA.
2.
Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Mag. Alejandra Villar Anllul
Presidenta del Consejo Ejecutivo
Unidad de Acceso a la Información Pública