Resolución N° 75/025 Sobre reserva de información
Resolución número:75/025
Lugar y Fecha: Montevideo, 28 de mayo de 2025
Expediente número: 2025-2-10-0000175
Visto: la resolución de reserva ante una solicitud de acceso a la información realizada por la Dirección General Impositiva (DGI);
Resultando:
- que esta Unidad recibió resolución 734/2025 de 4 de abril de 2025 de DGI recaída ante una solicitud de acceso a la información, desestimando parte de su entrega y enviada el día 7 de abril de 2025 a esta Unidad;
- que la resolución reserva información que se encuentra detallada en dicho acto administrativo;
Considerando:
- que conforme a lo establecido en los artículos 2 y 4 de la Ley N°18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
- que las excepciones al principio general se encuentran en el artículo 8 de la Ley Nº 18.381 y son de interpretación estricta;
que en el caso de clasificar información como reservada ante una solicitud, se debe tener en cuenta cuatro elementos establecidos por la normativa vigente: a) mencionar alguna de las causales que se encuentran en los literales del artículo 9 de la Ley Nº 18.381, b) realizar la prueba de daños que está establecida en el artículo 25 del Decreto Nº 232/010, c) indicar el tiempo por el cual se va a reservar la información y d) el envío a la Unidad de Acceso a la Información Pública en un plazo de cinco días hábiles del acto administrativo que emana del jerarca que resuelve la reserva de información;
- que la resolución establece para cada pregunta la prueba de daño correspondiente y los literales del artículo 9 por el cual se reserva la información;
- que la resolución declara como reservada la información por un plazo de 15 años;
- que, en el caso concreto, DGI cumplió con todos los elementos indicados;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley número 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Resuelve
- Establecer que la resolución 734/2025 de 4 de abril de 2025 de la Dirección General Impositiva (DGI) recaída ante una solicitud de acceso a la información, se ajusta a derecho.
- Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul
Presidenta del Consejo Ejecutivo
Unidad de Acceso a la Información Pública