Resolución N° 90/026 sobre reserva de información
Resolución número: 90/026
Expediente número: 2026-2-10-0000001
Lugar y fecha: Montevideo, 11 de marzo de 2026
Visto: La reserva de la Universidad de la República (UDELAR) que se envía para control de esta Unidad y cuya copia digital se adjunta;
Resultando:
Que la UDELAR envía para control la resolución de reserva de fecha 23 de diciembre de 2025, referente a solicitud de acceso recibida por el organismo;
que en la solicitud se pide se proporcione los antecedentes de una investigación administrativa que quedó sin efecto en 2020 a un docente universitario;
que, con anterioridad, como resultado de otra petición de acceso, se le proporcionaron al interesado las Resoluciones del Consejo de la Facultad de Derecho Nº 29 de 12 de agosto de 2020, que dispuso el inicio del sumario administrativo y Nº 36 de 19 de agosto de 2020, que reconsideró y dejó sin efecto la resolución anterior que disponía la instrucción; no habiéndose sustanciado procedimiento disciplinario, ni recaído imputación o sanción alguna respecto del mencionado docente;
Considerando:
que, conforme a lo establecido en el artículo 9 de la Ley Número 18.381, las reservas que se realizan ante solicitudes de acceso recibidas por los organismos deben ser remitidas a la Unidad en el plazo de 5 días hábiles;
- que la UDELAR realiza la prueba de daño y procede a reservar los antecedentes por considerar que dicha información encuadra en la excepción prevista en el Artículo 9 Literal D) de la Ley;
- que, que se han tenido particularmente en cuenta que la investigación finalmente no se realizó y la divulgación de los antecedentes podrían afectar el honor y la dignidad de las personas involucradas;
que, por lo expresado resuelven la clasificación por el plazo de 15 años;
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley Nº 18.381, de 17 de octubre de 2008;
El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública
Resuelve
- Indicar que la reserva se ajusta a las disposiciones legales y cumple con los requisitos previstos en los artículos 9 y 11 de la Ley número 18. 381 y 25 del Decreto número 232/010.
Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.
Firmado por: Magíster Alejandra Villar Anllul
Cargo: Presidenta del Consejo Ejecutivo
Organismo: Unidad de Acceso a la Información Pública
