Resolución N° 94/022 Sobre reserva de información

La resolución de reserva realizada por la Fiscalía General de la Nación (FGN);

VISTO: la resolución de reserva realizada por la Fiscalía General de la Nación (FGN);

 

RESULTANDO:

  1. que esta Unidad recibió de la Fiscalía General de la Nación Resolución Nº 1070 de 23 de noviembre de 2022, recaída ante una solicitud de acceso a la información, por la cual se reservó información en relación con la siguiente petición: acuerdos abreviados celebrados en los autos caratulados IUE 2-37744/2021 y 2-15717/2022. Si resultara condición excluyente para poder cumplir con mi solicitud, por favor borrar cualquier dato personal de los condenados y/o víctimas. No es de mi interés eso, si no saber cuál fue la sucesión de hechos que aceptaron en la condena”, desestimando su entrega;
  2. que recayó el informe jurídico número 126 de 20 de diciembre de 2022, que concluyó que la resolución remitida por la FGN se ajustó a derecho;

CONSIDERANDO:

  1. que conforme a lo establecido en los artículos 2° y 4° de la Ley N° 18.381, toda la información producida, obtenida, en poder o bajo el control de los sujetos obligados, es en principio pública, salvo las excepciones que la propia Ley consagra;
  2. que las excepciones al principio general se encuentran en el artículo 8 de la Ley Nº 18.381 y son de interpretación estricta;
  3. que, en el caso de clasificar información como reservada, se debe tener en cuenta cuatro elementos que la normativa de acceso establece;
  4. que los elementos para clasificar la información reservada son: a) mencionar alguna de las causales que se encuentran en los literales del artículo 9 de la Ley Nº 18.381, b) realizar la prueba de daños que está establecida en el artículo 25 del Decreto Nº 232/010, c) indicar el tiempo por el cual se va a reservar la información y d) el envío a la Unidad de Acceso a la Información Pública en un plazo de cinco días hábiles del acto administrativo que emana del jerarca que resuelve la reserva de información;
  5. que, la FGN cumplió en la Resolución Nº 1070 de 23 de noviembre de 2022 con todos los elementos indicados en el numeral 4 de esta resolución;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

RESUELVE:

  1. Que la Resolución Nº 1070 de 23 de noviembre de 2022 de la Fiscalía General de la Nación se ajusta a derecho.
  2. Notifíquese, publíquese y oportunamente, archívese.

 

Firmado por: Ing. Virginia Pardo

Miembro del Consejo Ejecutivo

Unidad de Acceso a la Información Pública

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