Resolución N° 98/023 Sobre reserva de información

La reserva del Ministerio del Interior (MI), ante solicitud presentada por AA al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.

VISTO: La reserva del Ministerio del Interior (MI), ante solicitud presentada por AA al amparo de lo dispuesto en la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.

RESULTANDO:

  1. Que mediante la resolución de fecha 26 de diciembre de 2022, se declara la reserva de la información referida a “todos los bienes y valores decomisados en los procedimientos previstos en el Decreto Ley N° 14.294 desde el año 2010 a la fecha”;
  2. que si bien el Ministerio posee información referente a la cantidad de bienes y valores decomisados en cualquiera de los delitos previsto en el Decreto Ley N° 14.294, resuelve clasificar al amparo de lo dispuesto por la Resolución Ministerial de 2012;
  3. que mediante la misma resolución el Ministerio indica a la solicitante que parte de la información debe solicitarla directamente ante la junta Nacional de Drogas que fue creada por Decreto N° 463/988 en el ámbito de la Presidencia de la República, porque es un organismo independiente y es que quien la produce;

CONSIDERANDO:

  1. que el artículo 9 de la Ley señala que el organismo debe enviar para control de esta Unidad las reservas que se realizan ante solicitud recibida;
  2. que la resolución Ministerial del 2012 invocada para fundar la decisión, es una reserva genérica que ya ha sido observada en varias oportunidades por esta Unidad, por lo cual el MI debería clasificar ante el caso concreto indicando la correspondiente prueba de daño (artículos 9 de la Ley y 25 del Decreto reglamentario);
  3. que tampoco se señala el plazo por el cual se reserva la información;
  4. que, en cuanto a la denegatoria parcial, por entender que es información que produce y controla la Junta Nacional de Drogas, no corresponden objeciones.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008;

El Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Información Pública

RESUELVE:

  1. Señalar que la reserva realizada por Ministerio del Interior para denegar el acceso a la cantidad de bienes y valores decomisados en procedimientos policiales en el marco del Decreto Ley N° 14.294, no se ajusta a los parámetros legales exigidos por la normativa vigente.
  2. Indicar que la referida información estadística debe ser desclasificada con el fin de ser brindada a la solicitante.
  3. Notifíquese y publíquese.

   

Firmado por: Mag. Alejandra Villar Anllul

Presidenta del Consejo Ejecutivo

Unidad de Acceso a la Información Pública

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