Electricidad

Consulta Pública propuesta de Precio de Referencia de la Potencia

URSEA pone en consulta pública la propuesta de Precio de Referencia de la Potencia y el detalle de los cálculos realizados.
URSEA

En cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto N° 360/002 (Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica - MMEE) la URSEA pone en consulta pública la propuesta de Precio de Referencia de la Potencia y el detalle de los cálculos realizados.


La metodología de cálculo del precio referido está prevista en el Art. 233 de la mencionada reglamentación, previéndose las siguientes pautas metodológicas:

  1. Se calcula el costo fijo representativo de una unidad generadora de punta, adecuada para el cubrimiento de los períodos de máximo requerimiento de demanda, de acuerdo a las condiciones y necesidades existentes en el país. Dicho costo se calculará con los precios FOB, costos de fletes, gastos de aduana e importación, montaje y los demás componentes fijos que sean necesarios para la operación de la unidad.
  2. Se calcula la anualidad asociada a dicho costo con la tasa de descuento adecuada para una inversión con ese grado de riesgo, considerando una vida útil de 15 (quince) años.
  3. Se incrementa la anualidad resultante en un porcentaje de indisponibilidad para confiabilidad. Dicho porcentaje será un valor entre el 5% (cinco por ciento) y el 15% (quince por ciento), que inicialmente se define en el 10% (diez por ciento). El porcentaje podrá ser modificado con la fundamentación correspondiente, por el Regulador.
  4. Se obtiene el costo fijo resultante expresado en unidad monetaria por kW por mes. A efectos de recibir las consideraciones que se estimen pertinentes, los cálculos mencionados se pondrán en consulta de los Agentes y Participantes, previo a la determinación del Precio de Referencia de la Potencia por el Regulador.

El precio de referencia de la potencia constituye un instrumento previsto reglamentariamente que contribuye a la existencia de respaldo eléctrico, en el marco de un régimen legal (Ley Nº 16.832, de 17 de junio de 1997) que habilita la presencia de diversos agentes  en la oferta y en la demanda del mercado mayorista de energía eléctrica.

Puede acceder a la consulta publica aquí.