CONSULTA PÚBLICA N° 56

Contribuciones y respuestas a los aportes recibidos

Respuestas a las contribuciones recibidas con motivo de la Consulta Pública N° 56 sobre la metodología para la determinación del precio máximo intermedio de venta de combustibles líquidos de las empresas distribuidoras mayoristas a las empresas distribuidoras minoristas.
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El procedimiento de Consulta Pública permite incorporar al proceso de elaboración de las reglamentaciones el punto de vista de los diferentes sectores involucrados y el conocimiento especializado de los diversos ámbitos. Esos puntos de vista reflejan diferentes intereses, frecuentemente contrapuestos, que mediante este procedimiento se exponen ante la sociedad de forma transparente.

La Consulta Pública Nº 56, sobre la Metodología para la determinación del Precio Máximo Intermedio (PMI) de venta de combustibles líquidos de las empresas Distribuidoras Mayoristas a las empresas Distribuidoras minoristas, se realizó en cumplimiento de lo exhortado por el Poder Ejecutivo en el literal d) del artículo 1 y el artículo 3, del decreto 137/021, reglamentario del artículo 237 de la Ley Nº 19.889.

La misma, fue convocada a través la página web de la Ursea, en el siguiente link: y mediante comunicaciones a actores relevantes del sector.

Se recibieron contribuciones de: Nexzur, Disa, DUCSA y CANOPUS, ANCAP, Alejandra De León Pombo, Brenal Ltda., Carimar Ltda., Carmapo S.R.L., Cono Antonio Vallone, Corme S.R.L., Crefrer Ltda., D.I. Transporte S.R.L, Deno S.R.L., Doali Ltda., Duarte Villar S.A., y otras, FyF del Sur Transportes S.R.L., Maibru Ltda., Trali S.A., Padifox S.A., Licaner S.A., Cefico Ltda., Siminta S.A., Marvir Ltda., Pasle S.R.L., Nelson Daniel Pereyra Medina, Pexa Ltda., Lumirom S.R.L., OS Penedo S.R.L., Samardi y Rosa S.R.L., Alsamar S.R.L., Pafegrac Ltda., Rotur Ltda., Masiber S.R.L., Jusa Ltda., Lysan Ltda., Edi S.R.L., Silhur Ltda., Silvana Lourenco Capello, SM Transport S.R.L., Super Repuestos Ltda., Tiderol S.A., Tomino Ltda., Transcom S.R.L., Vallpass S.R.L, Vasconia S.R.L., Licaner S.A.

 

Para ver las respuestas a las contribuciones descarga el informe adjunto.

 

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