Institucional

Inscripción en el Registro de Regulados personas físicas o jurídicas.

Obligatoriedad de inscribirse en el Registro de Regulados de personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades o servicios regulados por URSEA
URSEA

El Directorio en sesión del 13 de diciembre de 2016 aprobó la resolución mediante la cual se exige la obligatoriedad de inscribirse en el Registro de Regulados de aquellas personas físicas o jurídicas que tengan bienes o desarrollen actividades o servicios alcanzados por la normativa que regula la URSEA previo a la realización de cualquier trámite ante esta Unidad Reguladora.
Estableciendo un periodo transitorio de seis meses a partir del 22 de diciembre de 2016, para que aquellos que no requieren iniciar un trámite a la brevedad regularicen su situación.

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