Generadores Vapor

Pago de Tasas de Generadores de Vapor

Se informa a las empresas tenedoras, usuarias o titulares de generadores de vapor de nuevo plazo para el pago de Tasas
Generadores de Vapor

La Unidad Reguladora de  Servicios de Energía y Agua informa a las empresas tenedoras, usuarias o titulares de generadores de vapor que disponen de 10 días corridos a partir de la entrega del formulario de inspección para hacer efectivo el pago de las Tasas establecidas en el artículo 74 de la Ley 18.834 de 4 de noviembre de 2011.

Pasada esa fecha generará las multas y recargos establecidos en el régimen general del Código Tributario.

Al respecto el inciso 2º del artículo 74 de la Ley 18.834 establece:“En caso de generarse atrasos en el pago de las tasas mencionadas, la deuda se convertirá a pesos uruguayos al vencimiento del plago de pago -10 días de la fecha de inspección-, y sobre el monto resultante se aplicarán las multas y recargos establecidos en el régimen general del Código Tributario, hasta la fecha de su cancelación – entrega del cheque o depósito en cuenta corriente -”.

No se continuará el trámite de habilitación hasta tanto se paguen todas las deudas, cualquiera sea el concepto, que tengan relación con el generador que se pretende habilitar.

Las empresas deberán abonar las Tasas de la siguiente forma:

  1. Con cheque en oficinas de la URSEA, Torre Ejecutiva, Liniers 1324 2º Piso, en el horario de 10:00 a 16:30 horas. Los cheques deberán estar emitidos a favor de la Tesorería General de la Nación, con cláusula no a la orden. El cheque deberá estar emitido en pesos uruguayos (sin decimales), convirtiendo el monto de la Tasa en U.I. al valor vigente de la Unidad Indexada  a la fecha del pago
  2. Con transferencia o deposito bancario a la Cuenta Corriente BROU en moneda nacional Nº 188 / 2196 - 7 a nombre de la URSEA. El importe a depositar deberá ser al valor de la Unidad Indexada – U.I.-  vigente a la fecha del depósito, debiendo ser importes exactos, sin decimales. En forma complementaria y obligatoria deberá comunicarse el depósito a la casilla de correo electrónico: recaudacion@ursea.gub.uy, indicando nombre de la empresa, número de generador y número del formulario de Servicio de Inspección, o en su defecto enviar fax al 2900 87 95 con copia de la tirilla del depósito, aclarando el nombre del depositante, número de generador y número del formulario de Servicio de Inspección.

En ambas formas de pago se aplicará similar procedimiento en caso de tasas adeudadas en Unidades Reajustables por el régimen anterior.