Registro de Regulados

A partir del 1 de enero de 2015 todas aquellas personas jurídicas o físicas que se encuentran reguladas por la URSEA por su actividad, deberán registrarse en el Registro de Regulados para poder realizar cualquier trámite ante la URSEA.
El Registro se realiza en dos pasos:
- Completando el formulario en línea Trámite de Registro de Regulados.
- Luego, en el plazo de 10 días hábiles de iniciado el trámite, el interesado deberá presentar la documentación solicitada en nuestras oficinas, Liniers 1324 Piso 2, Torre Ejecutiva - Montevideo, de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas.
Los interesados deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar registrado ante la Dirección General Impositiva (DGI), y contar con el Certificado Único al día.
- En caso de ser persona física presentar ante la URSEA documento de identidad y si es persona jurídica, presentar original o testimonio notarial de Certificado Notarial de vigencia y si acredita apoderados contractuales original o testimonio notarial de Poder, Mandato o Carta Autorización.
- Presentar adicionalmente el original o testimonio notarial y copia del título habilitante de los técnicos que corresponda.
La documentación requerida en B) y C) se deberá presentar también en formato digital.
(Res. Nº 014/013)
El Registro de Regulados forma parte del proceso de modernización de la gestión pública incorporando la facilidad de e-notificaciones que permite la realización de notificaciones electrónicas con eficacia y validez.
Recomendamos realizar el Registro lo antes posible durante el mes de diciembre de 2014 para evitar demoras innecesarias que podrían surgir una vez que comience a exigirse la obligatoriedad del mismo en enero de 2015.