Eficiencia Energética 
REGLAMENTACIÓN DE ETIQUETADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
Condiciones a cumplir para la importación de muestras de acondicionadores de aire y bombas de calor que no cuentan con el etiquetado correspondiente

El Directorio en sesión de 13 de setiembre de 2016 aprobó la resolución mediante la cual se autorizará el ingreso de muestras de acondicionadores de aire y bombas de calor que no estén destinadas a su comercialización en plaza y que aún no hubieran demostrado el cumplimiento de la reglamentación de etiquetado de eficiencia energética, estableciendo las condiciones que deberán cumplirse para la autorización.