Generadores Vapor
Reglamento de Generadores de Vapor aprobado
El Reglamento entrará en vigencia a los (30) treinta días corridos de su publicación en el Diario Oficial.
De acuerdo a la Resolución Nº 081/016 y Anexo 081/016 fue aprobado el Reglamento de Generadores De Vapor.
En el Artículo 180, expresa que: el presente Reglamento entrará en vigencia a los (30) treinta días corridos de su publicación en el Diario Oficial.