Consulta Pública N° 62

Respuestas a las contribuciones realizadas a la propuesta de ajustes a la reglamentación sobre generadores de vapor

El informe adjunto fue elaborado a partir de las contribuciones recibidas durante la consulta pública N° 62. Presenta las respuestas proporcionadas por la Ursea a cada uno de los aportes recibidos.
GV

El objetivo es continuar con los criterios de transparencia que han marcado el accionar de la Ursea al momento de la elaboración, o revisión, de reglamentación. 

En los casos que el aporte realizado por un agente implicase un cambio en la redacción de alguna parte del documento puesto en consulta pública, se indica a continuación de la respuesta de dicho aporte, cual es la nueva redacción, la cual será incorporada en el documento final de Reglamento de Generadores de Vapor.

El procedimiento de Consulta Pública permite incorporar al proceso de elaboración de las reglamentaciones el punto de vista de los diferentes sectores involucrados, así como el conocimiento especializado de diversos ámbitos. Esos puntos de vista reflejan diferentes intereses, frecuentemente contrapuestos, que mediante este procedimiento se exponen ante la sociedad de forma transparente.

La reglamentación relativa a Generadores de Vapor en la Ursea tuvo su primer Reglamento en el año 2016, para el cual en el año 2021 se actualizaron artículos y anexos. En ambos casos el proceso de aprobación y actualización de la reglamentación pasó por la instancia de consulta pública. A finales del año 2022 se realiza la consolidación del Reglamento como texto único, incorporando además modificaciones que fueron puestas en consulta pública desde el 23 de noviembre de 2022 hasta el 23 de enero de 2023. En dicha instancia se recibieron 13 contribuciones, las que fueron remitidas por ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE COMBUSTIBLES, ALCOHOL Y PÓRTLAND, FIDEMAR SA y WILLIAM GÓMEZ Y WALTER SOSA SRL. Las respuestas fueron dadas en el documento Respuesta Consulta Pública Nro 55 aprobado por Resolución Nro. 277/023 del directorio de la Ursea con fecha 02.06.23 (Expediente 0810-69-001-2021).

En 2023 también se trabajó en reglamentación relativa a Generadores de vapor de baja presión, ante lo cual se decide que esto sea incluido como Anexo al Reglamento de Generadores de vapor. Esta modificación y otras incorporadas posteriormente, llevaron a que fuese necesario elaborar un nuevo Anteproyecto de Reglamentación de Generadores de Vapor de fecha 14/11/23 para el cual se realiza una nueva Consulta Pública. Esta fue convocada a través de aviso en la página web de la Ursea y se extendió desde el 17.11.23 al 18.12.23.

En esta instancia se recibieron seis contribuciones, las que fueron remitidas por dos agentes vinculados a los generadores de vapor, SYAR SA y WILLIAM GÓMEZ Y WALTER SOSA SRL. Las respectivas respuestas se presentan en los diferentes capítulos del presente informe.

 

Descarga el informe adjunto para conocer las respuestas a las contribuciones realizadas.
 

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