Consulta Pública N° 53

Respuestas a contribuciones al Reglamento de Calidad del Servicio de Agua Potable y Saneamiento y Relaciones con Cliente

El presente informe tiene por objeto presentar las respuestas a las contribuciones recibidas luego de la publicación para Consulta pública N° 53 del Proyecto de Reglamento de calidad de los servicios de agua potable y saneamiento, y relaciones con los clientes.
agua

Para la elaboración de dicho proyecto se llevaron a cabo varias etapas que se sintetizan a continuación.

Primeramente se hizo un trabajo de diagnóstico de la reglamentación del sector agua potable y saneamiento en Uruguay, y en particular la relativa a la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento, y un benchmarking con otros países de la región y de referencia, para luego identificar los aspectos que se consideraran deben ser reglamentados por URSEA.

Se elaboraron varias versiones a partir de la propuesta de los Consultores y con los intercambios mantenidos con los actores involucrados. Se arribó al proyecto puesto a consulta pública, recibiéndose un documento de aportes.

Analizadas las contribuciones recibidas, se elaboraron las respuestas, que se pueden agrupar en cuatro conjuntos:

  • Primer grupo: Se contempla la contribución, se modifica el artículo correspondiente en consecuencia.
  • Segundo grupo: Se contempla parcialmente, en general disminuyendo la exigencia del requisito establecidos en los artículos incluidos en este grupo.
  • Tercer grupo: No se contempla la solicitud, y se fundamente el por qué.
  • Cuarto grupo: Se aclara lo expresado en el artículo, en algunos casos requiere el ajuste de la redacción del artículo.

En resumen, en las respuestas a las contribuciones, se han contemplando gran parte de las mismas:

- se flexibilizan y/o disminuyen los niveles de exigencia de ciertos requisitos,
- se aceptan tolerancias debidamente fundamentadas,
- se posterga la obligatoriedad de cumplimiento de ciertos requisitos
- se establece gradualidad para el suministro de información e indicadores
- se extendió el plazo para entrada en vigencia del reglamento luego de su aprobación y publicación en el diario oficial.

Descargas

Etiquetas