Tasa de Generadores de Vapor

Señores titulares o usuarios de Generadores de Vapor
Según lo establecido por la Ley Nº 19.535, de 25 de setiembre de 2017, artículos 21 y siguientes y de acuerdo al cronograma de inspecciones a realizar durante el ejercicio 2018, vuestra empresa será contactada por el LATU, en caso de que corresponda realizar la inspección ANUAL, para indicarle la fecha de ésta.
Requisitos previos a la inspección:
a) coordinar con el LATU las condiciones técnicas para llevarla a cabo.
b) efectuar el pago de la Tasa de Generadores de Vapor y comunicarlo a URSEA.
IMPORTANTE: Si no cumple con los requisitos previos, no se podrá realizar la inspección y al carecer de elementos que den certeza sobre las condiciones de seguridad del equipo, URSEA resolverá la NO HABILITACIÓN de éste, lo cual será informado al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
TASA GENERADORES DE VAPOR
La Tasa que Ud deberá pagar antes de la inspección anual, dependerá de la superficie de calefacción de su equipo. Los montos a pagar en pesos uruguayos quedan fijos durante todo el año 2018.-
Superficie de calefacción del equipamiento
Tasa de Inspección Anual
Valores en U.I.
Valores en pesos uruguayos
Hasta 10 m²
2.390
8.910
Entre 10 y 50 m² inclusive
4.781
17.823
Entre 50 y 300 m² inclusive
7.171
26.733
Entre 300 y 800 m² inclusive
14.342
53.466
Entre 800 y 7000 m² inclusive
23.903
89.108
Más de 7000 m²
47.806
178.216
Cómo y dónde pagar la TASA:
URSEA es el único organismo recaudador de dicho importe. Debe efectuar el pago como mínimo con 20 días de anticipación a la fecha prevista para la inspección, depositando el monto exacto en la cuenta corriente de URSEA 188-0021967 en cualquier sede del Banco de la República Oriental del Uruguay.
A efectos de la acreditación de dicho pago, debe remitir copia del comprobante del depósito el mismo día de realizado, indicando nombre de su empresa, RUT y fecha para la cual tiene indicado por el LATU prevista la inspección, al correo electrónico recaudacion@ursea.gub.uy
URSEA confirmará al LATU que puede proceder a realizar la inspección, solo si Ud ha pagado la tasa y lo ha comunicado a esta Unidad Reguladora en la forma antes expresada, reiteramos todo lo cual debe hacerlo con un mínimo de 20 días de antelación, de la fecha indicada por el LATU para los controles del equipo.
PRECAUCIÓN: Si Ud no envía el comprobante de pago o lo hace faltando menos días para la inspección, no se podrá confirmar la inspección y a todos los efectos será un incumplimiento sancionable con la No Habilitación.