Ursea establece requisitos de seguridad para el manejo, depósito y destrucción de envases de GLP extranjeros

Ursea aprobó nuevas disposiciones para regular el depósito, registro y destrucción de envases de GLP de origen extranjero que ingresen al país.
La Resolución establece que las distribuidoras de GLP deberán informar a la Ursea cuáles serán las instalaciones donde se almacenarán estos recipientes. Dichas instalaciones deberán contar con la autorización correspondiente y cumplir con todos los requisitos técnicos y de seguridad previstos en la normativa vigente. Podrán utilizarse instalaciones ya existentes, instalaciones modificadas o nuevas instalaciones. Asimismo, se definieron las condiciones para el inicio de las operaciones. En el caso de instalaciones existentes que no requieran modificaciones, el depósito de los recipientes podrá comenzar una vez realizada la comunicación a la Ursea. Para nuevas instalaciones o instalaciones modificadas, será necesario contar previamente con la autorización de la Unidad.
También se dispone que cada instalación lleve un registro detallado de los envases recibidos, identificando cada recipiente y su destino final. Las distribuidoras deberán remitir semanalmente a Ursea la información (en formato digital mediante los formularios que se adjuntan en la Resolución) consolidada de estos registros, así como la documentación correspondiente a los recipientes destruidos bajo control aduanero. En simultáneo, deberá acreditarse el control aduanero en el proceso de destrucción de los recipientes. El transporte de los recipientes de origen extranjero y el personal involucrado en la tarea, deberá cumplir con las exigencias aplicables del RPA y del RTS.
Se adjunta la Resolución N° N° 207/026.
