URSEA recuerda la obligatoriedad de realizar inspecciones periódicas en las instalaciones fijas de Gas Natural y de GLP

El plazo para acreditar la inspección ante la Distribuidora vence el 31 de diciembre de 2024 para los usuarios con instalaciones con más de 5 años de antigüedad.
En caso de no realizar la inspección dentro del plazo estipulado, la empresa distribuidora deberá suspender el suministro de gas hasta que se cumpla con la normativa. Los usuarios deberán corregir, a su costo, cualquier anomalía detectada durante las inspecciones, utilizando los servicios de una empresa instaladora de gas registrada. Luego de hechas las correcciones, se debe reflejar el cumplimiento con la Reglamentación en los Certificados correspondientes, presentándolos a la distribuidora.
Las inspecciones periódicas posibilitan la detección temprana de eventuales problemas, permitiendo la intervención oportuna y la prevención de incidentes.
Ejemplos de tipos de instalaciones obligadas:
- Alojamientos: Ej.: Hoteles y residenciales
- Asistenciales: Ej.: Hospitales, sanatorios, geriátricos
- Centros deportivos: Ej.: Clubes, gimnasios
- Dependencias del Estado y Privadas: Ej.: Ministerios, bancos, oficinas del Estado
- Gastronomía: Ej.: Restaurantes, panaderías, cervecerías
- Industrias: Ej.: Fábricas, laboratorios
- Locales comerciales y religiosos: Ej.: Supermercados, iglesias, shoppings
- Enseñanza: Ej.: Escuelas, liceos, facultades
- Viviendas con instalaciones de uso colectivo Ej. calderas centrales de edificios, servicios comunes