Registro de norma técnica de conectores de vehículos eléctricos

Uno de los lineamientos prioritarios de la política energética del país es promover la movilidad eléctrica. Para el desarrollo del parque automotor eléctrico de forma segura, ordenada y favoreciendo la interoperabilidad de carga en todo el territorio nacional, resulta necesaria también la adopción de criterios de conexión de los vehículos eléctricos y eléctricos híbridos enchufables.

En ese marco, el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto N° 225-022 de fecha 13/7/2022, el que, en su artículo 2,° establece que los elementos de conexión de vehículos eléctricos y eléctricos híbridos enchufables deben cumplir con la norma UNIT 1234:2020. Por otra parte, en su  artículo 8°, establece que en caso que los elementos de conexión no cumplan con dicha norma, se podrá igualmente solicitar la admisión de estos vehículos, indicando la norma de origen en que se encuentran comprendidos y acompañando su traducción oficial al idioma español, ante el MIEM y la Ursea.

La resolución del MIEM S/N de fecha 15/5/2024 reglamenta estos aspectos determinados en el Decreto 225-022, estableciendo que, los importadores o fabricantes nacionales de aquellos vehículos cuyos elementos de conexión cumplan con una norma técnica diferente a la UNIT 1234:2020, deberán verificar que dicha norma técnica se encuentra ya registrada en la Ursea y, de no estarlo, deberán proceder a registrar la misma ante nuestra Unidad. La norma debe encontrarse vigente para ser registrada.

 

Listado de normas técnicas registradas alternativas a UNIT 1234 

Información relativa al trámite de registro de la norma técnica de conectores de vehículos eléctricos ante la Ursea

Decreto del Poder Ejecutivo N° 225-022

 

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