Seguridad de Gasodomésticos, Recipientes y Accesorios (GRA)

El Gas Licuado de Petróleo y el Gas Natural son fuentes de energía imprescindibles para la calidad de vida de nuestra sociedad. Sin embargo, por su propia naturaleza, su mal uso conlleva riesgos potenciales para la salud humana como la intoxicación, quemaduras o la potencial causa de incendios. Resulta imprescindible entonces regular en esta materia, dictando reglamentos de seguridad para las instalaciones y equipos, así como para los gasodomésticos, recipientes portátiles y accesorios a utilizar (GRA).

En materia de seguridad de gasodomésticos, recipientes portátiles y accesorios, es de aplicación el REGLAMENTO DE SEGURIDAD DE GASODOMÉSTICOS, RECIPIENTES PORTÁTILES Y SUS ACCESORIOS PARA GAS LICUADO DE PETRÓLEO Y GAS NATURAL (RSGRA), que tiene por objeto regular los requisitos de seguridad de los productos que se comercialicen en el país.

El Reglamento RSGRA fue aprobado por la resolución de la URSEA SD Nº 151/021 del 20 de julio de 2021 y modificado por la Resolución Nº 002/022 del 19 de enero de 2022 y la Resolución N° 245/022 del 9 de agosto de 2022.

Los requisitos establecidos en el Reglamento deben ser cumplidos por todos los GRA que se comercialicen en el país, incluidos en el ámbito de aplicación de la reglamentación.

La URSEA tiene la potestad de exigir a fabricantes, importadores, representantes de éstos, distribuidores, comerciantes mayoristas y minoristas, que demuestren el efectivo cumplimiento de los requisitos de seguridad exigidos para cada tipo de producto.

Etiquetas