Congreso de Intendentes

Organismo público creado por el artículo 262 de la Constitución de la República.

Cometidos Sustantivos

Sus objetivos institucionales son la coordinación de las políticas de los Gobiernos Departamentales y la celebración de convenios con el Poder Ejecutivo, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados, la organización y la prestación de servicios y actividades propias o comunes, tanto en sus respectivos territorios como en forma regional o interdepartamental. En la coordinación con otros Poderes del Estado incide con su integración a la Comisión Sectorial de Descentralización destacada en el artículo 230 de la Constitución, y la distribución de recursos establecido en el artículo 214.