Calendario de la Campaña 2026 de IRPF

A partir del 16 de junio comienzan las devoluciones automáticas para trabajadores dependientes
Un número importante de contribuyentes tienen un crédito para cobrar sin necesidad de realizar la Declaración Jurada, el cual estará disponible a partir del 16 de junio de 2026 en redes de cobranza.
Aquellos contribuyentes que ya le hayan comunicado a su banco la opción de devolución a través de la red bancaria, tendrán disponible su crédito desde el 15 de junio. Para verificarlo consulte a su banco o en nuestro portal ingresando con identidad digital en Servicios en Línea / Consultas / Consulta detallada de Afiliación bancaria.
Para conocer el monto de la devolución automática, a partir del día 10 de junio, puede ingresar con Identidad digital a Consulta de Devoluciones en Servicios en línea. También podrá consultarse por la app de DGI.
Más información sobre a quiénes corresponde y cómo cobrar las devoluciones.
A partir del 26 de junio los contribuyentes de IRPF tendrán disponible en nuestro portal el formulario de Declaración Jurada en línea con información precargada correspondiente al año 2025
Pueden realizar su declaración jurada con la información precargada de su actividad del año 2025 a través de la app de DGI o accediendo a nuestro Portal Web, con la Identidad digital.
Asimismo, el contribuyente puede autorizar a un tercero a realizar y enviar la declaración jurada en su nombre, a través del servicio de Asignación de roles. Más información.
Los trabajadores dependientes podrán confirmarla o modificarla, en caso de corresponder, de una forma muy sencilla y rápida.
Los trabajadores independientes además deberán completar los ingresos y verificar pagos y retenciones por su actividad independiente.
Estos trabajadores contarán también con el formulario 1302 en línea con datos precargados para la declaración jurada de IVA Servicios Personales, que tiene el mismo plazo de presentación que la declaración IRPF: del 29 de junio al 31 de agosto. El formulario 1302 en línea es una forma más rápida, eficiente y simple de confeccionar la declaración jurada, ya que cuenta con información precargada y actualizada, en base a lo informado por el contribuyente y por terceros.
La mayoría de las personas (contribuyentes) no están obligadas a presentar su Declaración Jurada de IRPF. ¿Quiénes están obligados a presentar declaración jurada de IRPF?Chequear, confirmar y listo: la declaración de IRPF en 3 pasos.
A partir del 26 de junio brindaremos asistencia telefónica para presentar la Declaración Jurada vía Web
Si los contribuyentes tienen consultas sobre cómo completar el Formulario en línea del IRPF, no es necesario que se trasladen a nuestras oficinas ya que podrán consultar telefónicamente al 1344 opción 4, en días hábiles en el horario de 9:30 a 15:30 horas.
A partir del 29 de junio brindaremos asistencia personalizada a trabajadores dependientes
Si el contribuyente desea ser asistido por DGI, debe agendarse previamente por Web o por Whatsapp al 098 134400.
La agenda estará disponible a partir del 26 de junio.
A partir del 28 de julio se cobrarán las devoluciones con origen en la declaración jurada
Luego de efectuados los controles correspondientes, podrán cobrarse las devoluciones en bancos o redes de cobranzas antes de fin de mes, siempre que la declaración jurada haya sido presentada antes del día 15. En los demás casos, se cobrará dentro del mes siguiente.
El estado de estas devoluciones podrá verificarse en Consulta de Devoluciones de Servicios en Línea, ingresando con la Identidad digital. También a través de la app de DGI o por Whatsapp al 098 134400.
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